Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 12 de Junio de 2006

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución12 de Junio de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoce de la acción de habeas corpus interpuesta por O.A.P.,en su propio nombre y representación, contra el Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, por considerar que la privación de libertad que sufre, es ilegal.

I.ARGUMENTOS DEL ACCIONANTE

La parte actora señala en lo medular de su escrito, que en el automóvil que conducía fue incautada por unidades de la Policía Técnica Judicial, el día 21 de noviembre de 2005, a la altura de Santa Clara en la provincia de Coclé, un kilo de la droga conocida como Cocaína.

Añade, que la revisión del vehículo se hizo bajo coacción e intimidación, y sin contar con "orden de allanamiento", y que en esas mismas circunstancia se llevó a cabo la inspección judicial a su vehículo (ver foja 1 del expediente), diligencia que fue practicada sin que él estuviese presente.

II.INFORME DE LA AUTORIDAD DEMANDADA

Una vez acogida la acción de habeas corpus se libró el mandamiento respectivo, que fue contestado por el funcionario demandado indicando que el día 21 de noviembre de 2005, unidades de la Policía Técnica Judicial se encontraba realizando un operativo en el área de Santa Clara, cuando se retuvo el auto Toyota Corolla, matrícula 807163, dentro del cual viajaban los señores H.A. y O.A..

Al proceder el personal de la PTJ con una unidad canina a revisar el automóvil, el animal dio una señalal de alerta en el compartimiento conocido como "guantera", encontrándose oculto un paquete rectangular forrado con cinta adhesiva y que contenía en su interior polvo blanco.

Como consecuencia de ello, la Fiscalía Especializada de Drogas dispuso llevar a cabo Diligencia de Inspección Ocular al vehículo, en presencia del señor ABREGO, encontrándose el paquete antes mencionado, cuyo contenido, al ser sometido a la prueba respectiva, resultó positiva para la determinación de COCAINA, en la cantidad de 1,001.90 gramos, lo que equivale a 1 kilogramo de sustancia ilícita.

Añade la autoridad instructora, que en el acto de descargos el señor O.A. libremente aceptó haber transportado la sustancia ilícita, por solicitud que le hicieran para que la llevara desde el sector de Los Andes, en la provincia de Panamá, hasta la provincia de Chiriquí.

En esas circunstancias se ordenó la detención preventiva del prenombrado O.A., por presunto infractor de las normas penales contenidas en el capítulo V, Título VII del Libro II del Código Penal.

III.DECISIÓN DEL TRIBUNAL DE HABEAS...

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