Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 12 de Junio de 2007

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución12 de Junio de 2007
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la acción de Hábeas Corpus Preventivo interpuesta por el Licenciado E.B.P., y en contra la Dirección General de la Policía Técnica Judicial.

El accionante sostiene que los agentes de la Policía Nacional y la Policía Técnica Judicial tratan de menoscabar la libertad ambulatoria de su patrocinado, sin tener ningún sustento de hecho ni de derecho, por lo que interpone la presente acción.

Librado el mandamiento respectivo, el funcionario acusado contestó de la siguiente forma:

"1. No es cierto que este despacho, sea por escrito o verbal, haya ordenado la detención del señor R.F.E.W..

  1. En vista de que no se ha ordenado la detención del recurrente, tampoco existen motivos de hecho o derecho con tal propósito.

  2. El prenombrado ROLANDO FERNANDO ESKINE WEELS, no se encuentra a órdenes, ni bajo custodia de esta institución". (fs.6)

En atención a lo planteado la Corte ha establecido que la esencia del Hábeas Corpus Preventivo descansa en la existencia de una amenaza de eventuales detenciones arbitrarias, por lo que a tales efectos basta que exista una orden tendiente a restringir ilegalmente su libertad corporal, es decir, debe constar en un mandato que ordene una detención preventiva y además este mandato no se haya hecho efectivo, y como quiera que el informe antes transcrito, señala que contra R.F.E.W. no existe orden de detención, se observa que el problema planteado a través de la acción jurisdicción constitucional, no atiende a la privación de la libertad de la persona a cuyo favor se libró, por cuanto no existe siquiera orden de detención que fundamente la acción preventiva de Hábeas Corpus, por lo que el Pleno no puede acoger el Hábeas Corpus Preventivo.

Al respecto, es importante tener presente algunas consideraciones relacionadas al significado y razón de ser del Hábeas Corpus Preventivo:

La acción de Hábeas Corpus Preventiva tiene la finalidad concreta de proteger a los individuos contra amenazas comprobadas a la libertad corporal, requiriéndose por tanto, que el peticionario haga constar con certeza (onus probandi), la...

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