Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 12 de Octubre de 2004

PonenteAlberto Cigarruista Cortez
Fecha de Resolución12 de Octubre de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El señor R.A. actuando en su propio nombre y representación ha interpuesto acción de Hábeas Data contra el Director del Complejo Penitenciario "Nueva Esperanza" de la Provincia de C..

Por el derecho a la información que confiere la Ley Nº6 de 22 de enero de 2002, el precitado recluso de éste centro penitenciario, solicitó una serie de documentos, entre los que citamos los siguientes:

"........

Segundo

Copia autenticada del Reglamento Interno del Complejo Penitenciario de Nueva Esperanza de la Provincia de Colón.....

Tercero

Copia autenticada de los horarios de cultos......

Cuarto

Copia autenticada de los Programas de Trabajo anual de cada una de las asociaciones religiosas.........

...........".

En otro orden de ideas, es de lugar indicar que en esta etapa de admisibilidad se hace necesario, entre otras cosas, verificar la competencia de esta Corporación Judicial para conocer del presente negocio.

Así las cosas, se observa tanto en el escrito de Hábeas Data como en el resto de las constancias obrantes en el expediente que, la información se solicita específicamente al señor Director del Centro Penitenciario "Nueva Esperanza" de la Provincia de C..

En virtud de lo antes expuesto, conviene hacer alusión al contenido del artículo 18 de la Ley Nº6 de 22 de enero de 2002, que a la letra indica:

"Artículo 18: La acción de Hábeas Data será de competencia de los Tribunales Superiores que conocen de la acción de Amparo de Garantías Constitucionales, cuando el funcionario titular o responsable del registro, archivo o banco de datos, tenga mando y jurisdicción a nivel municipal o provincial.

Cuando el titular o responsable del registro, archivo o banco de datos tenga mando y jurisdicción en dos o más provincias o en toda la República, será de competencia del Pleno de la Corte Suprema de Justicia".

En atención al contenido del artículo antes citado, así como el hecho que el supuesto custodio de la...

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