Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 14 de Febrero de 2005

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Licenciado JAIME A. MARIN ha interpuesto acción de habeas corpus a favor de K.G. contra la Fiscalía Primera Superior.

Manifiesta la parte actora que su representada se encuentra detenida injustamente desde el 21 de marzo de 2003 en el centro femenino de rehabilitación, por el supuesto señalamiento que le hace la joven J.O.. Los señalamientos que hace J.O. contra su representada no tienen ningún valor probatorio que implique a la misma en este caso, señala que estos señalamientos son infundados, malintencionados y dañinos ya que la misma sufre de problemas mentales y cambia de versión constantemente.

Acogido el presente negocio, se libró el mandamiento de habeas corpus contra el Fiscal Primero Superior, mediante providencia de 25 de noviembre de 2004, quien rindió su informe mediante Oficio No. 2361 de 26 de noviembre de 2004 que en sus principales líneas expresa:

"A...

  1. Según se desprende de la providencia y del expediente en comento, la detención de K.E.G.G., tuvo como fundamento de hecho, el delito Contra la Libertad en perjuicio de la niña menor de edad M.S., debidamente tipificado en el Libro Segundo, Título II, Capítulo III del Código Penal, objetivamente comprobado mediante el informe de comisión del 8 de febrero de 2003, confeccionado por el detective N.A.H. visible de fojas 1 a 2 del dossier y la denuncia presentada por los padres de la menor desaparecida, que documentan el hecho que motiva la presente investigación sin que hasta la fecha, se haya dado con el paradero de aquella.

Entre los fundamentos de hecho y de derecho tenemos los siguientes:

De la providencia que ordena la indagatoria y detención de K.E.G.G., por el delito en comento, se colige que la joven J.E.O., la señaló como una de las personas, que planearon llevarse a la menor S.G., así como también, que estuvo presente cuando J.J., le propuso a J.O., la realización del plagio...

J.O., en su indagatoria narró que una vez tenía la niña en su poder, en compañía de J.T.J. BARRERA y el resto de los implicados, entre ellos la concubina de JAEN BARRERA, es decir, K.G., utilizaron como área de cautiverio una finca que era cuidada por el sujeto JOSE VERA "alias" EL MUDO.

La joven ORTEGA, expuso en su indagatoria la forma como se llevó a cabo el ilícito, las causas del mismo e identificó a sus autores y coautores, haciendo énfasis en que K.G., fue partícipe de la planeación y comisión del hecho punible y que a cambio de la participación de aquella (J.O., su concubino J.J., le ofreció una retribución monetaria y la compra de un vehículo pick up taxi y unos buses aunado a que la había amenazado con agredir a sus familiares en caso de negarse a participar.

La joven J.O., indicó que K.G., tenía pleno conocimiento de la sustracción de la niña M.S., porque aquella estuvo presente al día anterior en que se planeó la realización del ilícito y al momento en que ayudó a J.J., a subirse al vehículo en que se dirigieron al lugar donde estaba la bebé, le gritó "PAPI SUERTE"...

ANTECEDENTES DEL CASO

La acción de habeas corpus bajo examen, tiene como finalidad que este Pleno, se pronuncie sobre si a la señora K.G. se le han conculcado derechos que contravienen los postulados del debido proceso.

Esta superioridad advierte que la detención preventiva dispuesta en este caso, por parte del Fiscal Auxiliar de la República, tiene su origen en la denuncia presentada por el señor C.D.S.R. , ante la Policía Técnica Judicial, Agencia de Arraiján, el 9 de febrero de 2003, en la que señaló que el sábado 8 de febrero de 2003, entre las 5:30 y las 6:00 P.M., cuando llegó a la casa de la abuela de sus hijos con su esposa para quedarse el fin de semana allí, se encontró con la noticia de que su hija M.M.S., se encontraba desaparecida; inmediatamente empezamos a realizar la búsqueda por los alrededores de dónde estaba la niña al momento de desaparecer; pero fue infructuosa debido a que nadie me dio una respuesta alguna a su paradero, razón por la cual se...

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