Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 16 de Julio de 2004

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución16 de Julio de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Al Pleno de la Corte Suprema de Justicia ha ingresado la acción de Hábeas Corpus interpuesto por la señora T.A.R., madre del imputado F.J. C. y contra la Fiscalía Primera Anticorrupción.

Librado el mandamiento que exige la ley a la autoridad demandada, el mismo es contestado mediante escrito de fecha 16 de febrero de 2006, en los siguientes términos:

"...

Si es cierto o no que ordenó la detención del recurrente y de serlo, si lo ordenó verbalmente o por escrito. RESPONDEMOS: La detención preventiva del prenombrado FLACO CHAMI no fue ordenada por esta Agencia de Instrucción sino por el Fiscal Auxiliar de la República, licenciado C.A. HERRERA quien lo dispuso por escrito, mediante providencia de trece (13) de mayo de dos mil tres (2003) (fs. 1316 - tomo 3).

Los motivos de o fundamentos de hecho y de derecho que tuvo para ello.RESPONDEMOS: En ampliación Nº 4 del Informe de Auditoría del Banco Nacional de Panamá, se detalla que F.C., funcionario de la sucursal de Río Abajo, efectuó cambio de cheques a nombre del Tesoro Nacional, para el pago de la Tasa Única, los cuales fueron fraccionados para evitar el Visto Bueno del Supervisor. Estas transacciones fueron procesadas por el encargado de manejo del D.L.R. quien a su vez suplantaba los cheques particulares y oficiales por cheques girados a favor del Tesoro Nacional.

En virtud de que se trataba de un delito con pena mínima de prisión, superior a los dos (2) años, se ordenó la detención preventiva.

El encartado CASTILLO al brindar sus descargos, medularmente indicó lo siguiente:

"...De los cargos es real lo que le respondí al jefe de operación el señor APARICIO, con la presencia de L.G., yo le respondí que la transacciones las había hecho yo, recibiendo la llamada de M.A. para que procediera hacerle la transacción y una fueron la tasa única certificada como lo estipula el reglamento con la opción 4649, pago de tasa única, y fue elaborada la transacción de ese día.../...El señor M.A., me llamó a la sucursal que un amigo de él se iba a presentar a mi caja, presentándose con el cheque por mil trescientos cincuenta y varias tasas únicas para que cobrara del cheque la cantidad de las liquidaciones que él me había presentado y ahí cobrara la cantidad restante una comisión de 20% de lo restante, de la transacción..." (fs.1292-1295).

Ahora bien, es menester señalar que de acuerdo a los alcances posteriores o investigaciones contables realizadas por el Departamento de Auditoría del Banco Nacional de Panamá, se recabaron las pruebas o evidencias documentales que permiten tener como partícipe o vinculado con varias transacciones el señor F.C., por un...

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