Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 16 de Diciembre de 2002

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2002
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado I.R. actuando en nombre y representación de L.E. ha interpuesto acción de hábeas corpus a favor de su representado, sumariado por un supuesto delito contra la salud pública relacionado con drogas.

El postulante fundamenta la acción en tutela de la libertad ambulatoria de E., medularmente en que, a pesar de estar el hecho investigado probado, en autos inexisten elementos contundentes y suficientes en su contra que justifiquen la medida cautelar de detención preventiva. A esto agrega que el mismo ha colaborado con las autoridades de modo oportuno y voluntario; y que se incumple el requisito de graves indicios de responsabilidad contra el imputado.

El recurrente destaca que en el proceso no existe informe de novedad o vigilancia que señale que E. pertenece a una organización criminal o registre antecedentes penales; ninguno de los sindicados lo vincula a la comisión de delito alguno; sino que es esposo y padre de familia, y es claro que al estar cooperando no eludiría a la justicia al momento de ser requerido (foja 3). En función de lo anterior, solicita que se declare ilegal la detención del mismo o que se le reemplace la medida cautelar de detención preventiva por otra distinta contemplada en la Ley.

Recibida la petición descrita, el Magistrado Sustanciador mediante providencia de 18 de octubre de 2002, libró el correspondiente mandamiento (foja 5), que fue respondido por el Fiscal Segundo de Drogas por medio de Oficio No. FD02-5773, de 23 de octubre de 2002, informando al Tribunal de Hábeas Corpus que, en efecto, dispuso la detención preventiva de E., según providencia de 20 de agosto de 2002, visible de fojas 292 a 299 de los autos, fundamentado, entre otras cosas, que tras pesquisas suministradas a la Sub-Dirección de Información e Investigación Policial (en adelante Sub-DIIP) por un agente colaborador se comunicó que un sujeto de nacionalidad colombiana de nombre "A.", es líder de un grupo de individuos que se dedican al tráfico de drogas.

Agrega el informe que S. y L.E. (padre e hijo) este último exmiembro de la Policía Nacional, recibieron en Almirante, Provincia de Bocas del Toro, una cantidad de heroína para su almacenamiento y custodia y por ello recibirían la suma dineraria de B/.1,500.00. Dicha droga, según la fuente, sería transportada, vía marítima, a los Estados Unidos (foja 1 del Expte. principal).

La fuente colaboradora suministró a las autoridades el número de teléfono celular de S. y L.E., además del...

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