Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 17 de Mayo de 2005

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoce de la acción de Hábeas Corpus propuesta por el licenciado B.E.Q.R., a favor del señor R.A.G.R., en contra del F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, licenciado R.M..

ARGUMENTOS DEL ACCIONANTE

En lo medular de su demanda, sostuvo el licenciado B.Q., que su representado fue detenido el 29 de enero del presente año, por unidades de la Policía Nacional, habida cuenta que era requerido por la Fiscalía Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, tras habérsele ordenado su indagatoria y detención preventiva, por una supuesta venta controlada de drogas, sin allanamiento, efectuada el 2 de diciembre de 2004, en el Corregimiento de Pedregal, Sector D, calle 2ª, La Florida (folio 1 del cuadernillo).

Agregó el jurista que su representado fue vinculado a una operación denominada "YEYO" realizada por la Policía Nacional en asocio a la Fiscalía Segunda de Drogas, para desarticular una banda de vendedores de drogas que operaba en el Corregimiento de Pedregal, Sector D, calle 2ª, La Florida, ya que por información llegada a la Policía Nacional mediante llamada de voz femenina, en el área antes indicada habían 4 sujetos dedicados al expendio de sustancias ilícitas y que responden a los nombres de A.A.A.D. alias YEYO, J.A.T. alias JAIME, J.I.M. alias CARA DE CORN FLAKES y R.A.G. RAMOS alias PAPO (folio 2 del cuadernillo).

Explicó además que la Fiscalía de Drogas autorizó una serie de compras controladas de droga sin allanamiento en el lugar antes indicado, donde los referidos sujetos despacharon en cada una de ellas, dos fragmentos de sustancia ilícita. Luego, el 9 de diciembre de 2004, se practicó una compra controlada de droga con allanamiento, donde se detuvo a J.A.T., J.I.M. y T.C., quienes en sus descargos negaron conocer a su defendido GONZÁLEZ RAMOS (folio 2 del cuadernillo).

No obstante, el agente instructor especializado ordenó la detención preventiva de GONZÁLEZ RAMOS cimentada en una supuesta venta del 2 de diciembre de 2004, que presuntamente efectuó "PAPO"; empero, éste no es el nombre de su patrocinado R.A.G. RAMOS y tampoco fue aprehendido en el inmueble donde se escenificó el allanamiento (folio 3 del cuadernillo).

Concluye el licenciado B.Q. solicitando que se declare ilegal la detención de su representado, por cuanto a su juicio, no se cumplen las exigencias constitucionales y legales para su detención, debiendo consecuentemente ordenarse su libertad...

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