Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 18 de Febrero de 2004

PonenteRogelio A. Fábrega Zarak
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la acción de hábeas corpus instaurada por la Firma Forense Castillo & Castillo Abogados, en favor del ciudadano A.B.H. y contra la FISCALIA AUXILIAR DE LA REPUBLICA.

En el libelo contentivo de la acción se pretende que se decrete ilegal la detención preventiva que pesa sobre el prenombrado señor B. desde el día 24 de septiembre de 2003.

Además, se exponen en el mismo escrito, una serie de fundamentos fácticos para sustentar la mencionada petición (fs. 2 a 3), de los cuales, en síntesis, emerge la idea de que A.B. fue sindicado por la Fiscalía Auxiliar como presunto partícipe en la comisión de un delito contra el patrimonio en perjuicio de una señora de nombre M.E. de Días, pero bajo la única razón de que fue identificado por dos (2) conserjes del edificio Vista Pacífica como una persona que estuvo en dicho inmueble en horas de la tarde del día 21 de septiembre de 2003 preguntando por un apartamento y una familia que no se ubicaban en el mismo, a pesar de que los mismos conserjes igualmente coincidieron en que el señor B. jamás entró o se subió al edificio y luego de ser atendido, se retiró del mismo abordando el vehículo en que viajaba.

Repartida la acción constitucional propuesta, el suscrito Magistrado Sustanciador libró el respectivo mandamiento de hábeas corpus contra la mencionada Agencia de Instrucción.

Mediante Oficio No. 25985 de fecha 19 de diciembre de 2003 (fs.7-8), remitió dicha autoridad al Pleno de la Corte Suprema de Justicia el informe que igualmente le fuera requerido, consignando en el mismo lo siguiente:

PRIMERO: Este despacho mediante resolución de fecha 24 de septiembre de 200, ordenó la detención preventiva de A.B.H., por delito Contra el Patrimonio, regulado en el Libro Segundo, Título IV, Capítulo I del Código Penal.

SEGUNDO: Los fundamentos de hecho y de derecho que sirvieron de base para la adopción de tal medida se encuentran insertos en la resolución que consta en el sumario.

A.B.H., se vinculó al hecho, a través de diferentes pruebas:

En fojas 20 a 22 del expediente, consta el testimonio de L.M.O., agente de seguridad del edificio en Vista Pacífico, consta que el día 21 de septiembre del año en curso, se presento (sic) al lugar un sujeto de contextura blanca, estatura baja, cabello amarillo, con acento colombiano, en compañía de dos mujeres y preguntaron por el apartamento No. 34 A, que no existe, posteriormente se retiran en un vehículo marca Toyota Yaris, de color gris, con matrícula 284702.

Consta en el sumario informe de novedad, visibles a fojas 28 y a 29, suscrito por los detectives ALEXIS TORRES, H.C.Y.C.Q., miembros de la Policía Técnica Judicial, División de Delitos Contra la Propiedad y ratificado mediante declaración jurada de H.C., visible a fojas 47-50, donde exponen que se logró ubicar el vehículo marca Toyota Yaris, con matrícula 284702 en los predios de empresa National Car Rental, ubicada en la vía Bennetto, donde observaron a un sujeto con las características físicas proporcionadas por el agente de seguridad. Posteriormente al aprehenderlo éste responde al nombre de A.B.H., quien fue identificado por el señor R.M., trabajador de la referida Car Rental como la persona que había entregado el referido vehículo, no así el que lo había alquilado, ya que el que lo hizo fue D.G. de nacionalidad Mexicana, con pasaporte 1455105832. Refieren que el señor B., aceptó en forma voluntaria su participación en el ilícito que se investiga, al igual de otros delito (sic) de hurtos cometidos en apartamento donde también participó, el mismo día 21 de septiembre del año en curso. En el referido informe consta que se realizó un recorrido en compañía del señor B., por el edificio de MARBELLA, TOWERS Y VISTA PACIFICA, del sector de San Francisco, donde éste señaló los referidos...

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