Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 19 de Marzo de 2004

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado A.A. actuando en nombre y representación de L.D.S., ha presentado amparo de garantías constitucionales contra la orden de hacer contenida en la Sentencia No. 37JDC9-2003 de 16 de mayo de 2003, emitida por la Junta de Conciliación y Decisión No.9 de la Provincia de Colón, K.Y. y D., y confirmada por el Tribunal Superior de Trabajo de la Provincia de Panamá, mediante Fallo de 29 de diciembre de 2003.

La sentencia impugnada resuelve declarar injustificado el despido de la trabajadora demandante PABLA DE LA ESPADA y condena a L.D.S. al pago de la suma de B/.2,814.28 en concepto de prestaciones laborales.

La acción constitucional se encuentra para decidir su admisibilidad, por lo que procede el Pleno de conformidad con lo que al respecto dispone el Código Judicial en sus artículos 2615 y 2619.

En primer término, se aprecia que el libelo de la demanda ha sido dirigido al Presidente de la Corte Suprema de Justicia y contiene las solemnidades generales de toda demanda, lo cual se ajusta con las formalidades legales estipuladas en los artículos 101 y 665 del Código Judicial.

Se observa que el fundamento del amparista estriba en que si bien solicitó la posposición de la fecha de audiencia fijada en la demanda laboral incoada contra L.D., por encontrarse ocupado con otro compromiso profesional para la hora en que la misma debía efectuarse, la Junta de Conciliación y Decisión realizó ilegal e injustamente la audiencia y declaró injustificado el despido de la trabajadora. En concepto de la parte actora se ha violado el debido proceso, debido a que se conculcó el derecho de defensa de la señora DE SILVA, invocando como infringidas las disposiciones 17 y 32 de la Constitución Nacional.

La lectura de las piezas probatorias que acompañan el libelo, dejan clara evidencia que el debate sobre la no comparecencia de la parte demandada al acto de audiencia fue analizado por el Tribunal Superior de Trabajo de la Provincia de Panamá, al resolver el recurso de apelación interpuesto contra la referida Sentencia No. 37JDC9-2003 de 16 de mayo de 2003, cuya parte pertinente reproducimos a continuación:

"En el presente caso, según se lee a fojas 8 del expediente, el apoderado judicial de la demandada solicita la posposición de la audiencia fijada para ese mismo día viernes, el 16 de Mayo de 2003 a las 2:00 P.M.. No obstante, la Junta mediante Informe Secretarial de 16 de Mayo de 2003, legible a fojas 9 deja constancia de ese hecho pero con la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR