Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 20 de Julio de 2004

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución20 de Julio de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Ha llegado a conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la acción de habeas data interpuesta por el licenciado J.A.T.E., Defensor del Pueblo de la República de Panamá, contra el Instituto Nacional de Formación Profesional (INAFORP).

Admitido el negocio, se libra mandamiento a la autoridad demandada y se le solicita el envío del informe acerca de los hechos materia de esta acción.

Encontrándose el proceso en estado de resolver, el licenciado J.A.T.E. presentó ante la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, escrito de desistimiento de la acción incoada. El referido escrito reposa de fojas 23 a 24 del expediente, y en el mismo expresa el accionante lo que se transcribe:

"El suscrito, J.A.T.E., ..., por este medio, acudo ante este digno despacho con mi acostumbrado respeto para interponer ESCRITO DE DESISTIMIENTO, de la acción de Habeas Data contra el INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL dentro de la Acción que se menciona en el margen superior derecho del presente escrito.

Debido a nota No. D.G.279/2004 de veinte (20) de mayo de 2004, que remite el Lcdo. A.R.R., D. General del Instituto Nacional de Formación Profesional a la Defensoría del Pueblo, el día 27 de mayo de 2004, donde nos envía la información relativa a los contratos por los servicios profesionales extendidos por dicha Institución en los últimos dos años (2002, 2003).

Razón por la cual es de nuestro conocimiento la información relativa a los contratos por servicios profesionales extendidos por el Instituto Nacional de Formación Profesional en los dos últimos años 2002 y 2003, y...

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