Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 21 de Enero de 2004

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución21 de Enero de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado R.A. ha presentado acción de habeas corpus a favor de S.R., contra la Fiscalía Auxiliar de la República, por considerar que la detención que sufre es ilegal.

El recurrente fundamenta la presente acción constitucional en base a lo siguiente:

"1. No existen pruebas ni siquiera indiciarias que vinculen a mi patrocinado con el hecho que se investiga.

  1. Existen claras pruebas que vinculan a dos menores en el hecho como deja ver la actuación de la Fiscalía de Adolescente." (F.1 del libelo)

MANDAMIENTO DE HABEAS CORPUS

Mediante providencia de 27 de octubre de 2003 se libró el mandamiento de habeas corpus respectivo, el cual fue contestado por el Fiscal Auxiliar de la República por medio del Oficio 22271 de 28 de octubre de 2003, consultable de la foja 4 a la 5 del cuadernillo.

La autoridad demandada indica que se ordenó la detención preventiva de SALOMÓN RIVAS mediante resolución motivada de 17 de octubre de 2003, por presunto transgresor de las disposiciones del Libro II, Titulo I, Capítulo I del Código Penal que regula el delito Contra la Vida y la Integridad Personal.

Sostiene que el hecho investigado ha sido debidamente acreditado y dentro del sumario existen graves indicios de presencia y oportunidad en contra del imputado, tales como los testimonios de L.C.P. y M.E.C., testigos presenciales del hecho, quienes establecen que el señor RIVAS estuvo dentro del autobús, al momento en que se dio el incidente y el testimonio de J.L.A., quien hace constar que se encontraba presente cuando el menor apodado M., después de ser aprehendido, le decía a los policías que S.R. tenía el arma del occiso.

Agrega que la detención también se fundamenta en los informes policiales, dado que por lo informado por el menor de edad G.C.G., se practicó Diligencia de Allanamiento y Registro en la residencia 605-A del sector de Cerro Batea donde reside J.L.A., lugar donde se recuperaron dos armas, una calibre 38, marca R. y otra marca Taurus, calibre 38.

DECISIÓN DEL TRIBUNAL DE HABEAS CORPUS

El Pleno pasa a resolver la solicitud de habeas corpus, en vías de determinar si la medida cautelar personal de detención preventiva aplicada al ciudadano S.R. se ajusta a las exigencias constitucionales y legales correspondientes.

Se observa que en la presente investigación se ha acreditado el hecho punible consistente en el delito Contra la Vida y la Integridad Personal (Homicidio), a través de la Diligencia de Reconocimiento y Levantamiento del Cadáver de...

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