Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 21 de Febrero de 2003

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2003
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Licenciado DAVID CONTRERAS BRYAN ha presentado ante el Pleno de esta Alta Corporación de Justicia, acción de Hábeas Corpus Preventivo a favor del señor R.A.R.M., y contra la FISCALÍA PRIMERA ANTI-CORRUPCIÓN de la Procuraduría General de la Nación.

La defensa Técnica señala que la Fiscalía Primera Anti-corrupción ha ordenado la detención preventiva del señor R.M. violando sus derechos y garantías constitucionales, toda vez que los delitos por las cuales se le sindica conllevan pena mínima de seis (6) meses de prisión, además de que no existe en el expediente penal ninguna prueba técnica o pericial que acredite la supuesta falsificación del documento denunciado, como tampoco existe ningún documento facturado o certificado que compruebe que su cliente haya recibido algún lucro o dinero por parte de sus acusadores, en el ejercicio de sus funciones públicas, por lo que en virtud de ello solicita se declare ilegal su detención.

Los antecedentes del caso revelan que la presente investigación sumarial nace a la vida jurídica con la denuncia promovida por el Licenciado J.E.L.P., en su condición de Director Institucional de Asuntos de Seguridad Pública del Ministerio de Gobierno y Justicia, mediante nota fechada 21 de septiembre de 2001, dirigida al Procurador General de la Nación, relacionada con actos de corrupción en la tramitación de un permiso para operar una Agencia de Seguridad.

Posteriormente, tras investigaciones realizadas por la Procuraduría General de la Nación se pudo determinar que además del señor M.A.D.R.M., se encontraba involucrado a este hecho ilícito el señor R.A.R.M..

Acogido el recurso se libró mandamiento contra la Fiscal Primera Anti-corrupción, Licenciada C.R.L., quien señaló mediante Oficio Nº 4422 de 12 de diciembre de 2002, que el Despacho a su cargo ordenó la detención preventiva del señor R.A.R.M., mediante providencia escrita, debidamente motivada con fecha de 16 de octubre de 2002, consultable a fojas 244-249 del expediente penal.

Que entre los fundamentos de hecho que motivaron la orden de detención se encuentran las pruebas y testimonios recabados, de las cuales se colige la existencia de una documentación que se requiere para operar como Agencia de Seguridad, la cual fue presentada falseada ante el ente competente.

En cuanto a la vinculación del señor R.M., la funcionaria demandada señaló quese trata de un funcionario que laborabaen la Dirección encargada de las autorizaciones para operar como Agencia de Seguridad, y se valió de información confidencial para visitar una empresa con aparente problema de operación, ofreciéndole ayuda a cambio de una retribución monetaria.

Que el señor R.M. fue señalado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR