Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 21 de Julio de 2003

PonenteAníbal Salas Céspedes
Fecha de Resolución21 de Julio de 2003
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoce de la acción de Hábeas Corpus interpuesta por la Licenciada T.I., a favor de Y.P.T., contra el FISCAL ESPECIALIZADO EN DELITOS RELACIONADOS CON DROGAS.

Librado el mandamiento correspondiente, el Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, R.M., remitió a esta Corporación el Oficio-FD-O-2778-03 fechado 17 de junio de 2003, mediante el cual rinde su informe en los siguientes términos:

"PRIMERO: Sí es cierto que este Despacho ordenó la detención preventiva de la señora Y.P.T., mediante resolución motivada, calendada el seis (06) de junio del año en curso.

SEGUNDO

Los hechos tienen su génesis cuando las referidas unidades policiales solicitan mediante nota escrita remitida ante este Despacho, un funcionario de instrucción para llevar a cabo una Diligencia de Allanamiento y Registro con previa compra simulada en el Corregimiento de Río Abajo, Calle Quinta (5ta.), casa #2474 de madera de color blanco hueso, en donde según informaciones y respectiva vigilancias su propietaria de apodo "M." se dedica a la venta de sustancias ilícitas relacionadas con drogas, y en algunas ocasiones cuenta con la ayuda de otra joven que es muda, la cual a su vez guarda presunta droga entre sus partes intimas (sic).

Autorizada las solicitudes en mención, se proceden a llevar a cabo las mismas, utilizándose para la compra simulada de presuntas drogas dos (02) billetes de a un dolar ($1.00), previamente fotocopiados y autenticados en el Despacho, cuyas series constan de autos.

Previamente se envía un informante para realizar la compra simulada en mención en donde éste logra comprar dos (02) fragmentos sólidos de color crema que se presume sea droga, a valor de un dólar cada una, a una muchacha que señaló como la nieta de la señora M., ya que ésta última no se encontraba presente, la cual vestía pantalón corto blanco y franela de igual color, haciéndose acompañar de una niña pequeña y de un joven.

Posteriormente se procede a dirigirse a la residencia en mención para realizar la Diligencia de Allanamiento y Registro encontrándose presente en la misma a los ciudadanos Y.P. que no portaba documentos, siendo así la persona que corresponde a la descripción aportada por la fuente como la que le vendió la sustancia ilícita, es así, que al realizarse un registro se le ocupo (sic) en su poder la suma diecisiete dólares con ochenta y cinco centavos ($17.85), dinero entre el cual fueron encontrados los dos billetes utilizados en la compra previa; y la persona que la acompañaba en ese momento se hizo llamar D.A.R.P..

Una vez realizado el registro se pudo encontrar en la recamara de la prenombrada PIMENTEL TEJEIRA la cantidad de ciento cuarenta y ocho (148) fragmentos de consistencia dura similares a los obtenidos mediante la compra previa, los cuales había una parte esparcida en el suelo y otra estaba en dos bolsitas plásticas de regular tamaño.

Aparte se encontró una gillette, papel de arroz marca smoking y un polvo que se presume sea Baking soda, así como la suma de diecinueve dólares con setenta y nueve centavos ($19.79), dos celulares de marca Nokia...

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