Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 21 de Julio de 2004

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución21 de Julio de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado J.G.R., presentó acción de Hábeas Corpus a favor de la señora J.A.J., de nacionalidad dominicana y en contra de la Directora Nacional de Migración y Naturalización, licenciada ILKA VARELA DE BARES.

EL ACCIONANTE:

El licenciado J.G.R. manifiesta que la señora J.A.J. estuvo detenida desde el pasado 26 de noviembre de 2003 al 10 de febrero de 2004, fecha en que obtuvo su libertad a través de una acción de H.C. interpuesta a su favor.

El día 18 de abril de 2004 fue detenida nuevamente por la Policía Nacional y puesta a órdenes de la Dirección Nacional de Migración y Naturalización por la misma causa, es decir por no portar sus documentos migratorios en orden.

Continuó expresando el accionante que:

...al momento de la notificación del fallo de la Corte, la Directora Nacional de Migración y Naturalización, manifestó al notificador que ella volvería a detener a la señora J.A., fue puesta en libertad, sin embargo la Dirección de Migración y Naturalización no otorgó el debido carnet como es costumbre, cuando se le deja en libertad a los detenidos.

La Dirección Nacional de Migración ha caído en desacato, ignorando de esta manera la decisión de la Corte Suprema de Justicia.

Agregó el accionante que a consecuencia de la detención anterior, la señora ABREU JIMÉNEZ perdió la criatura que esperaba y al producirse la segunda detención, ésta se encontraba nuevamente embarazada.

Finalizó su escrito externando que la medida adoptada por la Dirección de Migración es ilegal por cuanto que, además de estar embarazada, la actitud de las autoridades migratorias panameñas refleja una venganza contra la señora A.J. por las acciones penales que interpuso en su contra, por cuanto que a consecuencia de la detención preventiva ella perdió el producto de la concepción.

CONSIDERACIONES DE LA FUNCIONARIA DEMANDADA:

Mediante Nota No. ALO-034-DNMYN de 28 de mayo de 2004 recibida en la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia el pasado 2 de junio de 2004, la funcionaria demandada indicó que había ordenado la detención de la ciudadana dominicana J.A.J..

Agregó que los motivos de hecho y de derecho que sustentan su acción:

"...tienen su génesis en la Nota Número 260-2004 de 19 de abril de 2004 enviada por el Comisionado E.V., jefe de la Zona de Policía de Panamá Oeste. En la que nos remite a la ciudadana dominicana, la que no mantenía sus documentos en regla para permanecer en el territorio nacional."

Por ello indicó que "La misma fue deportada a su país de origen el 19 de abril de 2004" (Folio 14 del cuadernillo de Hábeas Corpus.)

CONSIDERACIONES DEL PLENO:

La Constitución Política de...

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