Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 26 de Abril de 2007

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución26 de Abril de 2007
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

La firma de abogados Alemán, C., G. &L. en representación de PETRÓLEOS DELTA han interpuesto ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia la Acción de Amparo de Garantías Constitucionales en contra de la Resolución No. 6 de 3 de febrero de 2005 emitida por la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Comercio e Industrias.

ANTECEDENTES

La Dirección General de Hidrocarburos mediante la Resolución No.6 de 3 de febrero de 2005 condena a la empresa PETRÓLEOS DELTA a pagar la suma de quince mil balboas (15.000.00) en concepto de multa por no haber cumplido lo estipulado en el artículo 59del Decreto de Gabinete No.23 de 21 de julio de 2004 que establece que todo importador, distribuidorde productos derivados de petróleo para la venta en el mercado doméstico, así como toda persona que tenga contrato de refinación de petróleo crudo deberá mantener una Reserva Estratégica Nacional de Productos Derivados del Petróleo diaria que represente diez (10) días de promedio diario de sus ventas de cada producto derivado de petróleo en el mercado doméstico calculado mensualmente.

Posterior a ello, a través de sus representantes judiciales la firma de abogados A., C., G. & Lee la empresa PETRÓLEOS DELTA interpuso recurso de Reconsideración ante al Directora General de Hidrocarburosla Licenciada Z.G. de C., quien mediante Resolución No.37 de 21 de marzo de 2005, resuelve confirmar en todas sus partes la Sentencia reconsiderada.

Aunado a lo anterior, en término pertinente la empresa PETRÓLEOSDELTA interpone Recurso de Apelación ante el señor Ministro de Comercio e Industrias el cual el día 29 de abril de 2005, emite la Resolución No.45 que en la parte resolutiva decide confirmar en todas sus partes la Sentencia No.6 de 3 de febrero de 2005, expedida por la Dirección General de Hidrocarburos que condena a la empresa PETRÓLEOS DELTA a pagar la suma de (15.000.00) en concepto de multa.

CONSIDERACIONES DEL AMPARISTA

La apoderada judicial de PETRÓLEOS DELTA manifiesta que se ha violado el debido proceso de sus defendidos, en cuanto que no se le dio la oportunidad de ser oídos en el proceso antes de que se declara una infracción e imponer una sanción. Sigue expresando la representante judicial de la empresa PETRÓLEOS DELTA que la misma fue condenada a pagar la suma de quince mil balboas (B/.15.000.00), en concepto de multa por haber incumplido supuestamente la obligación legal de mantener la Reserva Estratégica Nacional de Productos Derivados del Petróleo...

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