Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 28 de Marzo de 2005

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoce de la acción de H.C. propuesta por la licenciada HOLANDA POLO a favor de la señora J.M.O. contra el Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, licenciado PATRICIO CANDANEDO.

ANTECEDENTES

El día 14 de enero de 2004 se recibió llamada anónima en la sala de guardia del Departamento de Información e Investigación Policial de San Miguelito en la que se comunicaba que en la casa AF-4 ubicada en Los Andes No. 2, se encontraban una personas que habían participado en un robo a mano armada en el área de C., el día 13 de enero de 2005.

Recibida la información se inició el operativo apostándose miembros del orden público en los linderos de la vivienda. Es así como el cabo 2do. J.M. ubicado en la parte trasera observó a la beneficiaria de la acción salir de la casa y colocar en una tablilla ubicada en la parte lateral de la casa allanada, una bolsa de color azul así como una cajeta de color celeste en cuyo interior se encontraron dos chalecos con logos del DIIP y dos celulares marca M., además de trece (13) bolsitas transparentes con polvo blanco, identificada posteriormente como cocaína.

Seguidamente se ordenó la aprehensión y posterior detención de la joven J.M.O. JURADO, la cual es considerada ilegal por la accionante, por estimar que su representada fue privada de su libertad corporal por más de 24 horas sin la existencia de mandamiento escrito de autoridad competente.

CONSIDERACIONES DE LA ACCIONANTE:

La licenciada HOLANDA R. POLO expresa en los hechos tercero y cuarto de su libelo lo siguiente:

...J.M.O., el día viernes 21 de enero de 2005 fue puesta en libertad por parte de esta Fiscalía, cuando la misma se encontraba en la Policía de R.M. (Alcaldía de San Miguelito), libertad la cual fue faxeada (sic) al DIIP del cuartel de Santa Marta y posteriormente el día lunes 25 de enero de 2005, en las instalaciones de la Fiscalía de Drogas, se le detiene cuando se presenta voluntariamente a petición de ellos (Fiscalía de Drogas) sin manifestarle los motivos por los cuales nuevamente se le detiene y mucho menos mostrarle una orden que así motivara su detención, aun cuando ella solicitó a un señor de nombre G.B., que se le mostrara dicha orden, siendo éste quien la mandó a esposar. ...

...la Fiscalía I, al mantener a la señora privada de su libertad corporal desde hace más de veinticuatro (24) horas, sin virtud de mandamiento escrito, lo cual en la...

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