Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 28 de Mayo de 2004

PonenteRogelio A. Fábrega Zarak
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Asume el Pleno de esta Corte Suprema de justicia el conocimiento de la acción de hábeas corpus instaurada por el Licenciado Julio Ortiz, en favor del ciudadano JACINTO BATISTA y en contra de la Fiscalía Primera de Drogas.

Evacuado el reparto de dicha acción constitucional, libró el Magistrado sustanciador el respectivo mandamiento de hábeas corpus contra la mencionada Agencia del Ministerio Público.

En respuesta a lo anterior, la requerida Fiscalía Primera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, remitió al Pleno el Oficio FD1-T09-2004-04 de fecha 20 de abril de 2004 (fs.7-11), en el cual respondió afirmativamente respecto de la detención preventiva que había dictado contra el beneficiario de la iniciativa procesal que nos ocupa, dada la presunta vinculación del mismo con un delito contra la salud pública relacionado con drogas, agregando los fundamentos fácticos y jurídicos que motivaron dicha medida y, finalmente, poniéndolo a órdenes de esta Corporación de Justicia.

En el escrito de hábeas corpus presentado por el apoderado judicial del señor B. (fs. 1-2), se alude a que la motivación del allanamiento practicado en la zapatería de este último obedeció a razones ajenas "a sustancia ilícita"; que éste era "preso del vicio" o "consumidor" de dicha sustancia; que no existían pruebas de que se dedicara a la venta o distribución de drogas; y, que su detención se dio cuando estaba trabajando, lo que coincide con su exculpación y por ello, se le encausa por "posesión simple de droga", que no implica pena de prisión.

Expuesta la síntesis de los extremos a ser analizados, procede ahora confrontarlos con las sumarias levantadas en la presente investigación penal, mismas cuyas copias debidamente autenticadas fueron remitidas por la propia Fiscalía que adelanta dicha encuesta.

Se desprende de las constancias procesales del caso que el accionante J.A.B.D. fue detenido junto a otro sujeto que responde al nombre de J.O.G., el día 25 de octubre de 2003, con motivo de una "diligencia de allanamiento y registro a un local de reparación de calzados de nombre "Zapatería Papito", ubicada en la entrada de Alcalde Díaz (sic)", llevada a cabo por la Dirección de Información e Investigación Policial (D.I.IP.), Zona de Policía Metro Norte, en coordinación con la Fiscalía Auxiliar de la República, diligencia ésta que inicialmente se dispuso en virtud de información inherente a que en ese lugar se mantenían "armas de fuego" y se dedicaban "a la...

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