Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 29 de Marzo de 2005

PonenteAlberto Cigarruista Cortez
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2005
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

La licenciada S.S. presentó acción de Hábeas Corpus a favor de E.S. contra la Fiscalía Cuarta del Circuito Judicial de Colón.

Como fundamento a la presente acción de H.C., se indica que la detención a que es sometido el sindicado, es ilegal, toda vez que el delito que se le imputa, a saber, homicidio en grado de tentativa tiene previsto una pena mínima menor a los dos años de prisión.

Admitida dicha acción constitucional se libró el mandamiento de Hábeas Corpus contra la Fiscalía Cuarta Superior, quien indicó que las sumarias en cuestión son de conocimiento de la Fiscalía Primera Superior del Primer Distrito Judicial, la cual expresó en su respuesta que, la detención preventiva girada contra el prenombrado, fue dispuesta por la Fiscalía Cuarta de Circuito Judicial de Colón. Indica que contra el señor E.S.L. existen los señalamientos obrantes en la instrucción sumarial. Se agrega que según el médico legal, la víctima del acto, J.I. De Gracia sufrió una herida punzo cortante, lo que produjo una lesión que puso en peligro la vida del paciente. En dicha contestación se agrega que:

"El señor R.M.R. (fs.5-6), manifiesta que es hermano de la víctima y que no se encontraba presente al momento de los hechos, pero manifiesta que su hermano lesionado le refirió que al suscitarse los hechos de sangre iba detrás de E.S. a caballo, debido a que E.S. raptaba a su sobrina......, de quince años de edad, pues se iban a escapar. Al alcanzarlos y querer hablar J.I. De Gracia sobre la situación con E.S., fue E.S. quien se lanzó y le propinó dos puñaladas en el costado derecho, dejándolo tirado en el suelo.

...

El ofendido J.I. De Gracia Rodríguez (fjs10-13), al rendir declaración de los hechos ratifica lo antes dicho por sus hermanos y agregó que cuando alcanzó a E.S. y a su sobrina ... y le preguntó que por qué se llevaba a ..., siendo ella una niña, éste le contestó 'tu eres mi amigo J.' y le extendió la mano izquierda, a lo que el ofendido accedió al saludo, fue el momento aprovechado por E.S. para asestarle la puñalada.

Notemos que E.S.L., al rendir su

declaración indagatoria (fjs 30-34), aceptó haber agredido a J.I. De

Gracia Rodríguez y haberlo abandonado en el lugar de los hechos. Afirma que

ciertamente raptaba a la menor ........., que es su novia, fugándose ambos a

caballo, y que al ser perseguido por J. De Gracia, este le gritó 'espérate

ahí', al verlo J. venía con un palo, por lo que cuando lo tuvo cerca se tiró

del caballo en que iba y dice...

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