Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 29 de Octubre de 2003

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2003
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El señor R.M., actuando en su propio nombre y representación, ha promovido acción constitucional de habeas corpus preventivo contra el Director General de la Policía Nacional.

Manifiesta la parte actora que en el último mes en varias ocasiones se ha intentado lesionar su libertad individual a través de actos arbitrarios de miembros de la Policía Nacional.

Continua explicando el recurrente que ha sido sujeto de dos intentos frustrados de privación de libertad por sujetos desconocidos que se identificaron como miembros de la Policía Nacional y que en ninguna de estas ocasiones se le ha informado cuáles son los motivos de la detención, ni se ha puesto a su disposición la orden que corrobora la misma.

Acogido el presente negocio, se libró el mandamiento de habeas corpus contra el Director General de la Policía Nacional, mediante providencia de 9 de octubre de 2003, quien rindió su informe mediante Oficio No. D.G.P.N.-0102-03 de 15 de octubre de 2003, en los siguientes términos:

"A. No es cierto que haya ordenado la detención del ciudadano R.M., ni verbalmente ni por escrito.

  1. Queda explicado en el literal anterior

  2. No tengo a mis órdenes ni bajo mi custodia a la persona que se me ha mandado presentar.

DECISIÓN DEL PLENO

En reiterada jurisprudencia esta Corporación de Justicia ha señalado, que para que sea viable la acción de habeas corpus preventivo deben concurrir los siguientes requisitos:

  1. Que exista una amenaza efectiva contra la libertad corporal, la que, por su naturaleza debe consistir en un mandato que expresamente ordene una...

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