Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 30 de Octubre de 2003

PonenteGraciela J. Dixon C.
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2003
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

El licenciado E.D., presentó acción de hábeas corpus a favor de H.B.M. y en contra del Fiscal Auxiliar de la República.

Cumplidos los trámites del reparto, se libró mandamiento contra la autoridad acusada, quien mediante nota de 13 de octubre de 2003, manifestó, que ese despacho no ordenó en forma verbal ni escrita, la detención preventiva del señor H.B.M., por lo que éste no se encuentra a sus órdenes.

Sin embargo, agregó que mediante resolución de 7 de octubre de 2003, se le otorgó medida cautelar distinta a la detención preventiva por el delito Contra el Patrimonio, consagrado en el Libro II, Título IV, Capítulo II del Código Penal. Que el caso fue remitido a la Fiscalía de Circuito de San Miguelito en Turno mediante el oficio Nº 1516-AID-SM-03 de fecha 7 de octubre de 2003 (f. 14).

Del informe transcrito se observa que H.B.M., ya no se encuentra privado de libertad, por cuanto que se ordenó su libertad y se sustituyo la medida cautelar de la detención preventiva por otra distinta. P. posteriormente, a remitir el proceso a la Fiscalía de Circuito en Turno de San Miguelito.

Es por ello, que de acuerdo a los principios básicos del artículo 2611 numeral 2 del Código Judicial, la presente acción de hábeas corpus es del conocimiento del...

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