Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 31 de Diciembre de 2004

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución31 de Diciembre de 2004
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de acción de habeas corpus presentada por el licenciado C.I.A.V. a favor de A.K.M.U. en contra de la Fiscalía Delegada de la provincia de Chiriquí y Bocas del Toro.

De acuerdo al recurrente la detención preventiva de M.U. es ilegal porque en el expediente no existen elementos probatorios que acrediten la vinculación de su patrocinado con el hecho punible y ni siquiera existen elementos de presencia y oportunidad en su contra(f. 2. Cuaderno de habeas Corpus).

Admitido el recurso de habeas corpus se libró mandamiento a cargo de la autoridad requerida quien señala mediante Oficio No. FD-0-5554-004 de 11 de noviembre de 2004, que en ese Despacho no se instruye sumario en contra de M.U., no obstante expresa que tiene conocimiento que la Fiscalía de

Drogas de Chiriquí y Bocas del Toro instruye sumario en contra de M.U. (f. 8. Cuaderno de Habeas Corpus).

Con vista a la información anterior se libró mandamiento de habeas corpus a cargo de la Fiscalía Delegada de Drogas de Chiriquí y Bocas del Toro, quien mediante nota de 17 de noviembre de 2004, expresó que ordenó al detención preventiva de M.U.. Señala además, que en la actualidad las sumarias se encuentran en el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, pendiente de resolver recurso de habeas corpus a favor de M.U. (f. 13. Cuaderno de habeas corpus).

En ese orden de ideas, es necesario señalar que el 17 de noviembre de 2004 le fue repartido a este Despacho, el expediente 1, 194-04 el cual consiste en una acción de habeas corpus a favor de A.M.U., en grado de apelación y mediante providencia de 22 de noviembre de 2004 se dispuso acumular los expedientes 1,150 y 1,194, toda vez que se presentan a favor de la misma persona (f. 62 Cuaderno de habeas corpus).

El Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial conoció de este proceso en primera instancia y resolvió declarar legal la detención del sindicado, mediante resolución de 8 de noviembre de 2004 tras señalar que "luego del estudio de la presente investigación, considera que se encuentra acreditado el hecho punible con la diligencia del registro de un vehículo visible a fojas 5 a 7 del expediente, la prueba de campo preliminar practicada a la sustancia ilícita decomisada la cual dio como positivo para la droga conocida como marihuana...elementos que también sirven para determinar la vinculación del sindicado al ilícito investigado, aunado a los indicios que surgen de la propia...

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