Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2 de Agosto de 2006

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2006
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

La licenciada Alma Cortés, en su propio nombre, interpuso ante el Pleno de la Corte Suprema, demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo No. 2 de 7 de febrero de 2000, emitido por conducto del Ministro de Desarrollo Agropecuario, "Por el cual se autoriza a la Dirección de Cuarentena Agropecuaria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario el cobro de unos servicios".

La licenciada C. considera que el Decreto Ejecutivo demandado de inconstitucional, infringe los artículos 48, 153 numeral 10, 265 y 274 de nuestra Carta Magna.

Admitida la demanda, el Magistrado Sustanciador le corrió traslado a la Procuradora de la Administración, quien remitió la Vista No. 512 de 23 de septiembre de 2002. Así, a juicio de la representante del Ministerio Público, el decreto ejecutivo impugnado no contraviene las normas alegadas, ni ninguna otra de la Constitución Nacional, por lo cual solicita al Pleno la declaratoria de constitucionalidad del mismo.

Luego de evacuadas las etapas procesales pertinentes, y encontrándose el negocio en estado de resolver, el Pleno de esta Superioridad ha constatado que el Decreto Ejecutivo No. 2 de 7 de febrero de 2000, impugnado a través de esta acción constitucional, ha sido derogado expresamente por el Decreto Ejecutivo No. 26 de 30 de enero de 2002, "Por el cual se autoriza cobros por servicios a la Dirección Ejecutiva de Cuarentena Agropecuaria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario". En efecto, el artículo sexto del citado decreto dispone lo siguiente:

"Artículo Sexto: Este Decreto deroga el Decreto Ejecutivo No. 2 de 7 de febrero de 2000 y todas las disposiciones que le sean contrarias.".

En cuanto al fenómeno jurídico procesal conocido como sustracción de materia, el jurista panameño J.F. ha señalado:

"Obsolescencia procesal. Es un medio de extinción de la pretensión 'constituido por la circunstancia de que la materia...

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