Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), 23 de Diciembre de 2002

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2002
EmisorCorte Suprema de Justicia (Panama)

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el B.H., en nombre y representación de D.U.C., contra la sentencia de 11 de septiembre de 2000, proferida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial de Panamá.

Corresponde a esta Corporación de Justicia examinar el libelo presentado, a fin de verificar si cumple con los requisitos necesarios para su admisibilidad.

En esa labor, se aprecia que el activador constitucional pretende que el Pleno de la Corte revise un proceso laboral que fue resuelto por las dos instancias correspondientes, como si esta Superioridad se tratara de una tercera instancia y, sobre todo, para conocer de un negocio que se encuentra en el margen de la legalidad.

Así, el demandante cuestiona con esta acción que el Tribunal Superior de Trabajo revocó la decisión de la Junta de Conciliación de Decisión No.4 de Panamá, y en consecuencia, absolvió a O.C. de C. de pagar las prestaciones laborales que demandaba D.U.C.. Ahora, el accionante impugna con esta demanda de inconstitucionalidad dicha resolución, como si se tratase de un medio de impugnación más dentro del proceso. En ese sentido, esta Corporación de Justicia ha indicado que:

"Conviene reiterar lo ya sostenido en profusa jurisprudencia de este tribunal, en el sentido de que la acción de inconstitucionalidad no es un mecanismo procesal idóneo o una vía abierta para promover una tercera instancia, como manera de obtener que el tribunal constitucional examine nuevamente el caudal probatorio de un proceso, como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR