Acuerdo Municipal Nº 17 de 22 de junio de 2006, POR EL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES RELATIVAS AL USO DE ACERAS Y OCUPACION TRANSITORIA DE VIAS PUBLICAS Y SE IMPONEN LOS GRAVAMENES CORRESPONDIENTES

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MUNICIPIO DE MACARACAS

CONSEJO MUNICIPAL

ACUERDO MUNICIPAL NÚMERO DIECISIETE (17)

De 22 de junio de 2,006.

Por el cual se dictan disposiciones relativas al uso de aceras, y ocupación transitoria de vías públicas, y se imponen los gavámenes correspondientes.

EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MACARACAS

En uso de sus facultades legales y ;

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo 246 de la Constitución Política de la República de Panamá, la Ley 106, de 8 de octubre de 1973 y la Ley 55 de 1973, constituye fuente de ingresos municipal, los derechos sobre sus bienes y servicios.

Que corresponde a los Concejos, regular la vida jurídica de los Municipios, según lo determina la Ley de régimen municipal.

Que el Artículo 77 de la Ley 106 de 1973 y la Ley 55 de 1973, señala la facultad de los Municipios para establecer derechos, y tasas sobre la ocupación de aceras.

Que el Código Administrativo, faculta a las autoridades de policía, aplicar las disposiciones referentes al uso de aceras y ocupación transitoria de vías públicas.

ACUERDA:

Artículo 1

El uso de aceras o vías públicas será siempre transitorio, pero el Alcalde podrá conceder permisos temporales mediante Resolución, siempre que los interesados se ajusten al cumplimiento de las disposiciones municipales y nacionales.

Si se trata de permisos permanentes se requerirá la autorización previa del Consejo Municipal mediante Acuerdo Municipal.

Artículo 2

El otorgamiento del permiso para uso de aceras y ocupación transitoria de la vía pública, podrán solicitarla las personas naturales o jurídicas, en papel simple, dirigida al Alcalde, la cual debe contener la siguiente información:

Nombre, cédula de identidad personal, domicilio de la persona natural o jurídica y del representante legal, en caso de empresas.

Tipo de actividad ( ventas, kioscos, estacionamientos, trabajos de edificación, tribunas, mesas de bares o cantinas, toldos, postes, casetas, otros).

Detalles del uso, indicación del lugar, área de la acera y dimensiones, con el visto bueno de la Ingeniería Municipal.

Clase de ocupación ( temporal o permanente) y plaza solicitado.

Inspección de las instalaciones hecha por el Ingeniero Municipal, certificación de cumplimiento de las normas de salud pública, tránsito, así como de seguridad de las instalaciones...

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