Acuerdo Nº 25 de 22 de noviembre de 2005, "POR EL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES RELATIVAS AL USO DE ACERAS Y OCUPACION TRANSITORIA DE VIAS PUBLICAS Y SE IMPONEN LOS GRAVAMENES CORRESPONDIENTES"
Municipio de Las Tablas
Acuerdo No. 25
De 22 de Noviembre de 2005.
POR EL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES RELATIVAS AL USO DE ACERAS Y OCUPACIÓN TRANSITORIA DE VÍAS PÚBLICAS Y SE IMPONEN LOS GRAVÁMENES CORRESPONDIENTES
El Consejo Municipal del Distrito de Las Tablas
en uso de sus facultades legales y;
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el Artículo 246 de la Constitución, la Ley 106 de 1973 y la Ley 55 de 1973, constituye fuente de ingresos municipal, los derechos sobre sus bienes y servicios.
Que corresponde a los Concejos regular la vida jurídica de los municipios según lo determina la ley de régimen municipal.
Que el artículo 77 de la Ley 106 de 1973 y la Ley 55 de 1973, señala la facultad de los municipios para establecer derechos y tasas sobre la ocupación de aceras.
Que el Código Administrativo faculta a las autoridades de policía aplicar las disposiciones referentes al uso de aceras y ocupación transitoria de vías públicas.
ACUERDA
El uso de aceras o vías públicas será siempre transitorio, pero el Alcalde podrá conceder permisos temporales o permanentes, mediante resolución, siempre que los interesados se ajusten al cumplimiento de las disposiciones municipales y nacionales.
El otorgamiento del permiso para uso de aceras y ocupación transitoria de la vía pública, podrán solicitarla las personas naturales o jurídicas, en papel simple, dirigida al Alcalde, la que debe contener la siguiente información:
Nombre, cédula de identidad personal, domicilio de la persona natural o jurídica, y del representante legal, en caso de las empresas.
Tipo de actividad (ventas, kioscos, estacionamientos, trabajos de edificación, tribunas, mesas de bares o cantinas, toldos, postes, casetas, otros).
Detalles del uso, indicación del lugar, área de la acera y dimensiones, con el visto bueno de la Ingeniería Municipal.
Clase de ocupación ( temporal o permanente) y plazo solicitado.
Inspección de las instalaciones y certificación de cumplimiento de las normas de salud pública, tránsito, así como de seguridad de las instalaciones, otorgadas por las oficinas de seguridad e Ingeniería municipal.
Visto bueno de la junta comunal respectiva
Pago del impuesto por el uso de acera y vías publicas.
El Alcalde podrá suspender el permiso de uso de aceras o...
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