Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 5 de Enero de 1996

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución 5 de Enero de 1996
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El Fiscal Superior del Segundo Distrito Judicial mediante escrito recibido en la Secretaría de la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, el 4 de enero de 1996, con motivo de la incidencia de prescripción presentada por el licenciado R.D.M.L. y con base a lo dispuesto en el artículo 986, párrafo tercero del Código Judicial, ha elevado petición de corrección del texto del auto calendado el 12 de diciembre de 1995, dictado por esta S. en el proceso penal seguido a R.A.P.D. y J.J.M. por el delito de homicidio de B.M.M. y J.E.F..

Al examinar el texto de la petición se advierte que la solicitud de aclaración y corrección de las resoluciones judiciales, ya sea que se trate de un error aritmético o de simple escritura o de cita, debe presentarse dentro de los tres días siguientes de su notificación. En el presente caso esta petición deviene en extemporánea, pues en autos consta que el Ministerio Fiscal que actúa en este caso fue notificado del auto de 12 de diciembre de 1995, semanas antes de la presentación de esta solicitud.

No obstante lo anterior, y tomando en consideración que estamos ante un proceso que se ha...

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