Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 23 de Mayo de 2001

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2001
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Reingresa el expediente del proceso penal seguido a J.B.B., sancionado por delito de homicidio doloso en perjuicio de P.B..

Mediante oficio N 606 de 4 de mayo de 2001, el Secretario del Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial solicitó la aclaración con respecto a la parte resolutiva de la sentencia dictada por esta Corporación de Justicia, en la causa en comento, por considerar que no es clara la pena aplicada al sentenciado (F.995).

En ese orden de ideas, se observa en la parte resolutiva de la sentencia de 24 de abril de 2001 lo siguiente:

"En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA, SALA PENAL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REFORMA el fallo apelado en el sentido de condenar a J.B.B., de generales conocidas en autos, a la pena de DOCE (12) DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN POR IGUAL TÉRMINO"(F.993).

La Sala, una vez hechas las confrontaciones correspondientes, observa que ciertamente se incurrió en un error, pues luego de examinar la pretensión del recurrente frente a las constancias procesales, en la parte motiva del fallo en cuestión se concluye que "no procede alterar la pena de doce años de prisión, establecida como pena base por el Tribunal de primera instancia, siendo ésta la pena líquida a imponer"(F.993)(Lo subrayado es nuestro).

El artículo 986 del Código Judicial, en su párrafo tercero, señala que toda decisión judicial, sea de la clase que fuere, en...

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