Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 14 de Octubre de 1998
Ponente | JOSÉ A. TROYANO |
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 1998 |
Emisor | Primera de lo Civil |
VISTOS:
La firma forense M. y F., apoderada de TANQUE ARGENTINO MEDIANO SOCIEDAD DEL ESTADO (TAMSE), ha presentado solicitud de aclaración de la resolución proferida por esta Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, el 2 de octubre de 1998. Dicha decisión resolvió recurso de casación interpuesto por AGROMETAL INTERNATIONAL CORP., contra la resolución proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia, el 8 de mayo de 1997, dentro del proceso ordinario en etapa de ejecución que le sigue a MATMETAL, S.A. y TANQUE ARGENTINO MEDIANO SOCIEDAD DEL ESTADO (TAMSE).
La solicitud de aclaración es del tenor siguiente:
"En el fallo en cuestión se ordena la ejecución de la sentencia "hasta la concurrencia de quince millones de balboas (B/.15,000,000.00) en concepto de capital, más las costas de esta ejecución que, en cuanto a trabajo en derecho se fijan en la suma de un millón cincuenta y tres mil novecientos veinte balboas (B/.1,053,920.00), de acuerdo con la tarifa de abogados rebajada en un treinta por ciento (30%), en atención a lo dispuesto en el artículo 1064 del Código Judicial, más los intereses legales correspondientes ...", decretándose luego un embargo hasta la concurrencia de B/.23,253,920.00. Respetuosamente solicitamos a la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia aclaración en cuanto al cálculo aritmético mediante el cual se llegó a la suma de B/.23,253,920.00 como monto del embargo".
El artículo 986 del Código Judicial se refiere a la posibilidad de aclarar las resoluciones en los siguientes términos:
"ARTICULO 986. La sentencia no puede revocarse ni reformarse por el Juez que la pronuncie, en cuanto a lo principal; pero en cuanto a frutos, intereses, daños y perjuicios y costas, puede completarse, modificarse o aclararse de oficio, dentro de los tres días siguientes a su notificación o a solicitud de parte hecha dentro del mismo término.
También puede el Juez que dictó una sentencia aclarar las frases obscuras o de doble sentido, en la parte resolutiva, lo cual puede hacerse dentro de los términos fijados en la parte de este...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba