Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 14 de Octubre de 1998

PonenteJOSÉ A. TROYANO
Fecha de Resolución14 de Octubre de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma forense M. y F., apoderada de TANQUE ARGENTINO MEDIANO SOCIEDAD DEL ESTADO (TAMSE), ha presentado solicitud de aclaración de la resolución proferida por esta Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, el 2 de octubre de 1998. Dicha decisión resolvió recurso de casación interpuesto por AGROMETAL INTERNATIONAL CORP., contra la resolución proferida por el Primer Tribunal Superior de Justicia, el 8 de mayo de 1997, dentro del proceso ordinario en etapa de ejecución que le sigue a MATMETAL, S.A. y TANQUE ARGENTINO MEDIANO SOCIEDAD DEL ESTADO (TAMSE).

La solicitud de aclaración es del tenor siguiente:

"En el fallo en cuestión se ordena la ejecución de la sentencia "hasta la concurrencia de quince millones de balboas (B/.15,000,000.00) en concepto de capital, más las costas de esta ejecución que, en cuanto a trabajo en derecho se fijan en la suma de un millón cincuenta y tres mil novecientos veinte balboas (B/.1,053,920.00), de acuerdo con la tarifa de abogados rebajada en un treinta por ciento (30%), en atención a lo dispuesto en el artículo 1064 del Código Judicial, más los intereses legales correspondientes ...", decretándose luego un embargo hasta la concurrencia de B/.23,253,920.00. Respetuosamente solicitamos a la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia aclaración en cuanto al cálculo aritmético mediante el cual se llegó a la suma de B/.23,253,920.00 como monto del embargo".

El artículo 986 del Código Judicial se refiere a la posibilidad de aclarar las resoluciones en los siguientes términos:

"ARTICULO 986. La sentencia no puede revocarse ni reformarse por el Juez que la pronuncie, en cuanto a lo principal; pero en cuanto a frutos, intereses, daños y perjuicios y costas, puede completarse, modificarse o aclararse de oficio, dentro de los tres días siguientes a su notificación o a solicitud de parte hecha dentro del mismo término.

También puede el Juez que dictó una sentencia aclarar las frases obscuras o de doble sentido, en la parte resolutiva, lo cual puede hacerse dentro de los términos fijados en la parte de este...

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