Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 28 de Julio de 1998

PonenteJOSÉ A. TROYANO
Fecha de Resolución28 de Julio de 1998
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma forense "Servicios Forenses, Abogados", apoderada especial del señor JULIO CESAR MORALES LINCK, ha presentado solicitud de aclaración de la resolución proferida por esta Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, el 7 de julio de 1998. Dicha decisión declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el mencionado señor, contra la sentencia dictada por el Primer Tribunal Superior de Justicia el 9 de febrero de 1996, dentro del proceso sumario de denuncia de obra nueva instaurado en su contra por los señores ANTONIO LINCK HEARNE, W.L.L.D.G., M.E.D.D.L., M.P.D.L., M.E.D.D.V. y M.A.D. DE DE LEON.

La apoderada judicial del señor MORALES LINCK solicita aclaración en cuanto a las costas a las que fue condenado, por razón de la declaratoria de inadmisibilidad del recurso de casación que había interpuesto.

Al respecto, la Sala advierte que de acuerdo con lo establecido en el último párrafo del artículo 986 del Código Judicial, toda decisión judicial, sea de la clase que fuere, en que se haya incurrido en su parte resolutiva, en un error pura y manifiestamente aritmético o de escritura o de cita, es corregible y reformable en cualquier tiempo, únicamente en...

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