Resolución S.B.P. Nº 076-2008 de 18 de marzo de 2008, 'POR LA CUAL SE ACOGE EL DESISTIMIENTO DE LA SOLICITUD DE PERMISO TEMPORAL Y LICENCIA BANCARIA INTERNACIONAL A FAVOR DE BANKTEC PANAMÁ, S.A.'

República de Panamá

Superintendencia de Bancos

RESOLUCIÓN S. B. P. No. 076-2008 (de 18 de marzo de 2008)

El Superintendente de Bancos

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que FINANCIAL COMMUNITY PARTNERSHIP INC. sociedad anónima organizada y existente de conformidad con las Leyes de la República de Panamá, inscrita a la Ficha 470462, Documento 708247 de la Sección Mercantil del Sistema Tecnológico de Información del Registro Público, y en su condición de Promotor, presentó a través de sus Apoderados Especiales, solicitud de Permiso Temporal a favor de BANKTEC PANAMÁ, S.A. -en formación, para protocolizar e inscribir en el Registro Público los documentos relativos a su constitución, para solicitar posteriormente Licencia Internacional;

Que los Apoderados Especiales de FINANCIAL COMMUNITY PARTNERSHIP INC. han presentado formal desistimiento de la solicitud de Permiso Temporal y Licencia Bancaria Internacional a favor de BANKTEC PANAMÁ, S.A. -en formación;

Que de conformidad con el Decreto Ley No. 9 de 26 de febrero de 1998 y la Ley No.38 de 31 de julio de 2000, corresponde al Superintendente resolver sobre el desistimiento presentado por FINANCIAL COMMUNITY PARTNERSHIP INC.

RESUELVE:

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Acógese...

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