Resolución Nº AG-0679 de 13 de agosto de 2008, "POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LOS LABORATORIOS ACREDITADOS Y AUTORIZADOS TEMPORALMENTE PARA LA REALIZACIÓN DE LOS ANÁLISIS EN LA DETERMINACIÓN DE LA CALIDAD DE LA DESCARGAS DE EFLUENTES LÍQUIDOS DE ACUERDO A LOS REGLAMENTOS TÉCNICOS DGNTI COPANIT 35-2000, DGNTI 39-2000, Y DGNTI 47-2000"

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE

RESOLUCIÓN No. AG-0679-2008

"Por la cual se establecen los requisitos para la inscripción en el Registro de los Laboratorios Acreditados y Autorizados Temporalmente para la realización de los análisis en la determinación de la calidad de la descargas de efluentes líquidos de acuerdo a los Reglamentos Técnicos DGNTI COPANIT 35-2000, DGNTI 39-2000, y DGNTI 47-2000"

La suscrita Ministra en asuntos relacionados con la conservación del ambiente y Administradora General de la Autoridad Nacional del Ambiente, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley No. 41 de 1 de julio de 2008, crea la Autoridad Nacional del Ambiente como entidad autónoma rectora del Estado en materia de recursos naturales y del ambiente, para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes, los reglamentos y la política nacional del ambiente.

Que mediante Resolución No. 350 de 26 de julio de 2000 del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), se aprueba el Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 39-2000 Agua. Descarga de Efluentes Líquidos Directamente a Sistemas de Recolección de Aguas Residuales.

Que mediante Resolución No. 351 de 26 de julio de 2000 del MICI, se aprueba el Reglamento...

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