Acuerdo del Consejo Académico N° 19-2015. Por el cual se aprueba, cortesía de sala a los docentes del departamento de ciencia de los alimentos y nutrición de la facultad de ciencias naturales y exactas para solicitar la anulación del acuerdo del consejo académico no.16-2015 del 16 de septiembre de 2015, relacionado con el traslado de una docente de la facultad de enfermería hacia ese departamento.

Fecha de publicación02 Marzo 2023
Fecha03 Diciembre 2015
EmisorUNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHIRIQUI
No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 1
1.
Alimentos y Nutrición de la Facultad de
Ci.enc
ias Naturales y Exactas para solicitar
la
anulación
de
l acuerdo del Consejo Académico
No
.16-2015 del
16
de septiembre de
2015, relacionado
con
el
traslado
de
una dqcente
de
la
Facultad de Enfermería hacia
ese
Departamento.
2.
SE
ANULÓ
el
acuerdo del Consejo Académico No.16-2015
del
16
d septiembre de
2015,
en
el que
se
decidió eltraslado de la profesora Omayra Orozco
de
Alfaro,
por
no cumplir con
el
procedimiento establecido
en
el Reglamento de traslado de
profesores. ·
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GRUPO No. 2-Gualaca
HORARIO: 8:00
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DÍA:
Domingo
MATRICULA: del 25
de
enero
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Inicio de Clases: 7 de
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del
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de
diciembre
de
2015
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No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 3
5.
SE
APROBÓ
el
ascenso
de
categoría de
la
profesora Yency Montenegro,
con
cédula
4-162420
de
la
categoria
de
Prof.
Adjunto IV a
Prof.
Regular Agregado, por haber
obtenido 144.0 puntos
en
su
evaluación.
6.
SE APROBÓ
el
ascenso
de
categoría
del
profesor Hernán Perén,
con
cédula 4-141-
363
de
la
categoría de
Prof.
Regular Agregado
T.C
a Prof. Regular Titular
T.C,
por
haber obtenido 155.0 puntos
en
su
evaluación.
7.
SE
APROBÓ
el
Calendario Trimestral 2016 para
el
Programa de Especialización
en
Docencia Superior, con su periodo
de
práctica profesional.
TRIMEST
MATRICULA--
PERÍODO
DE
CLASES
1-2016 Lunes 04
al
viernes
15
de enero de
Lunes
11
de enero
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domingo 1 O
de
abril
2016 de 2016
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de abril
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2016 de 2016
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8.
SE
APROBÓ
el
Calendario Académico del Sistema de Estudio de Posgrado
de
la
Universidad Autónoma
de
Chiriquí para el año 2016, como se detalla a
continuación:
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septiembre
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2016 diciembre
de
2016
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-cA:Lej;.foARIO
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DE
POSGRADO
2016
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MATRICULA
PERIODO
DE
CLASES
1-2016
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al
11
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marzo
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marzo de 2016 de 2016
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9.
SE
APROBÓ
el
nombramiento de
la
MSc.
Siannah
Y.
Yangüez
B.
como
Coordinadora del Programa de Maestria
en
Inglés, del Centro Regional
Universitario
de
Tierras Altas.
A(:uerdo
Co~sejo
Académi
Nu.19-2015
del
03
de
diciembre
de
2015
No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 4
11. SE APROBÓ
el
nombramiento de
la
MSc. Beverly
D.
Rojas
R.
como nueva
Coordinadora del Programa
de
Posgrado y Maestría
en
Investigación, de
la
Vicerrectoria
de
Investigación y Posgrado.
12.
SE APROBÓ la creación del Centro de Información e Investigaciones
Toxicológicas y Químicas Aplicadas (CEllTOXIQUIA) del Departamento
de
Química, de
la
Facultad
de
Ciencias Naturales y Exactas, y
su
reglamento:
Reglamento del
Centro
de
Información e Investigaciones
Toxicológicas
y Qufmicas
Aplicadas
de la Universidad
Autónoma
de
Chiriquí
{CEllTOXQUIA)
Capitulo 1
Disposiciones
Generales
Artículo
1:
El
Centro de Información e Investigaciones Toxicológicas y Químicas
Aplicadas (CEllTOXQUIA) de
la
Universidad Autónoma de Chiriquí, nace con
el
objetivo
de
promover y realizar investigación, capacitación, formación, prestación de servicio
social, análisis químicos clínicos, toxicológicos y bromatológícos, gestión
de
calidad,
gestión de riesgos, docencia y extensión
en
Toxicología, Toxinología y Química Aplicada
(Química Clínica, Toxicológica, Forense y Legal).
Artículo
2:
Este Centro de investigación, está adscrito a
la
Facultad de
CiencieS
-:,;¿·=.,_~
Naturales y Exactas y su base legal está señalado conforme
a:
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Noli.t.i~.
Ley
4,
artículo
26
de enero del 2006
f/:?;...~~1J.7i.4;.'re
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Estatuto Universitario, artículo
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Capitulo
11
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Antecedentes y
Justificación
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~cq.i;;ci"
su Orlglnall
En
la
República de Panamá,
en
especial
en
la región Occidental del país de
la
cual
la
provincia de Chíriquf forma parte,
se
han evidenciado algunas alteraciones
en
la
salud e
integridad física de los habitantes, animales y del medio ambiente por presencia
de
sustancias tóxicas o materiales peligrosos.
La
respuesta rápida y las acciones preventivas
se
han visto afectadas por no contar con
un
organismo formado y capacitado para tal fin,
el
cual pueda coordinar, informar, apoyar, investigar, capacitar y recomendar acciones
sobre los causas naturales y/o antropogénicas, asociadas a toxinas y/o xenobióticos
responsables del daño
al
medio ambiente y de las posibles víctimas humanas y anímales.
En
la
zona urbana de Chiriquí se presentan eventos toxicológicos, tales corno
intoxicaciones por alimentos, asociadas
al
consumo de sustancias psicoactivas, por
mordeduras o picaduras de animales venenosos, asociadas
al
mal uso de los
medicamentos, a la presencia
de
agentes tóxicos presentes
en
materiales de uso masivo
en
los hogares, productos de limpieza, productos de higiene personal y belleza. Por otro
lado, los intentos de suicidio asociados a medicamentos, drogas y agrotóxicos, algunos
con desenlace fatal.
AConsejo Académico No.19·2015
del
03
de
diciembre
de 20.15
Página4
No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 5
En
la
zona rural los eventos toxicológicos principalmente se relacionan con animales y
artrópodos venenosos, plantas venenosas e intoxicaciones ocupacionales, especialmente
el accidente ofídico,
el
ataque de abejas africanizadas, lepidópteros y los agroquimicos,
todos tos cuales pueden generar eventos toxinológicos y toxicológicos de importancia.
Estas situaciones ameritan acciones oportunas y adecuadamente reguladas por
un
Centro de Información e Investigaciones Toxicológicas y Químicas Aplicadas.
En
la
provincia, existen diversas zonas industriales y agropecuarias dónde se manejan
múltiples sustancias que pueden tener efectos tóxicos para las diferentes especies y para
el medio ambiente. Estas empresas manejan diferentes frentes del sector productivo
como son alimentos, derivados del petróleo, agroqulmicos, cementeras, curtiembre,
energía eléctrica, gases industriales, plásticos, metalmecánica, químicos básicos, entre
otros.
Así
rnismo
se
pueden generar eventos toxicológicos como consecuencias de
escapes o emanaciones de gases, derrames de productos químicos, explosiones,
incendios, accidentes, etc.
Sin embargo, en
la
provincia de Chiríquí y
en
especial en
la
UNACHI no contamos con la
infraestructura y logística (Centro de Información e Investigaciones Toxicológicas y
Químicas Aplicadas) que apoye a la comunidad y al sector salud
en
el
manejo y abordaje
de urgencias químicas y toxicológicas para
la
intervencíón adecuada desde la promoción,
prevención, diagnóstico, tratamiento y
al
mismo tiempo que genere conocimientos a
través de investigaciones que aborden la problemática de la región y brinden soluciones a
las mismas, contribuyendo a
la
salud, seguridad pública, toxicológica, química, ambiental
y alimentaria de
la
población y a
la
formación de los recursos humanos especializados en
la
temática.
Por las razones antes mencionadas solicitamos la aprobación del Centro
de
Información e
Investigaciones Toxicológicas y Químicas Aplicadas (CEllTOXQUIA) que asumirá en
forma integral las acciones de información, investigación, capacitación, formación y
prestación de servicios para hacer frente a cualquier evento en toxicologia, toxinologia y
quimica aplicada (química clínica, toxicológica, forense y legal} que comprometa a
seres
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humanos, animales y
al
medio ambiente. Comprometidos con la UNACHI,
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Centro de lnformac1on e lnvest1gac1ones Tox1cológ1cas y Qufm1cas
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Miembros
Fundadores
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Investigadores
del Centro ,
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Prof. Dr. Aristídes Quintero Rueda, Departamento de Qufmica, Facultad
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Ciencias Naturales y Exactas, Universidad Autónoma de Chiriquí 1
.r';'
Profa. Mgtra. A/berlina Montenegro, Departamento de Química, Facultad de
Ciencías Naturales y Exactas, Universidad Autónoma de Chiriquí
Profa. Mgtra. Giselle Gómez, Programa de Maestría
en
Ciencias Qulmicas,
Facultad de Ciencias Naturales y Exactas, Universídad Autónoma de Chiriqui
Licda.
Betty
Urriola, Programa de Maestría
en
Ciencias Químicas, Facultad de
Ciencias Naturales y Exactas, Universidad Autónoma de Chiriqui
Profa. Mgtra. Lourdes
E.
Carrasco, Centro Regional Universitario
de
Barú -
CRUBA. Universidad Autónoma de Chiriquí
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Acuerdo Consejo Académico No.19-2015
del
03
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Investigadores
Asociados
Nacionales
Profa.
Dra.
/se/a González Rodríguez, Departamento de Análisis Clínicos,
Toxicológicas y Bromatológicas, Facultad
de
Ciencias Farmacéuticas, Universidad
de
Sao
Paulo, Brasil
Investigadores
Asociados
Internacionales
Prof. Dr. Erikson Felipe Furtado, Departamento de Neurociencias y Ciencias del
Comportamiento, Universidad de Sáo Paulo, Facultad de Medicina de Ribeirao
Preto y Director del Programa
de
Acciones Integradas para
la
prevención y
atención al uso
de
Alcohol y Drogas en la Comunidad -PAl-PAD
Prof. Dr.
Andreimar
M. Soares, Fundación Oswaldo Cruz -Unidad de Rondónia y
Director del Centro
de
Estudios
de
Biomoléculas Aplicadas a la Salud -CEBio y
Núcleo de Salud, Universidad Federal
de
Rondónia, UNIR, Porto Velho-RO, Brasil
Prof.
Dra.
Si/vana Marcussi, Departamento de Química, Laboratorio de
Bioqulmica, Universidade Federal de Lavras -UFLA, Lavras, Minas Gerais -MG,
Brasil.
Profa.
Dra.
Mariana Simóes Larraz Ferreira, Programa de Posgrado en
Alimentos y
Nutrición -PPGAN, Centro
de
Innovación en Espectrometria de Masas
del Laboratorio de Bioquímica
de
Proteínas -IMasS-LBP, Universidad Federal del
Estado
de
Rio de Janeiro UNIRIO,
RJ,
Brasil
Profa.
Dra.
Ida Sigueko Sano-Martins, Laboratorio
de
Fisiopatología, Instituto
Butatan, Sao Paulo,
Brasil.
Prof.
Dr.
Masugí Maruyama, Departamento de Fisiología Aplicada,
laboratorio
de
Fisiología Aplicada, Facultad
de
Medicina, Universidad
de
Miyazaki, Japón.
Capitulo
111
Visión, Misión, Valores y Política de Calidad
Misión
Contribuir a la solución
de
problemas de intoxicaciones y envenenamientos en
Panamá y otros paises, así como
al
desarrollo científico-tecnológico regional y
nacional, mediante
un
esfuerzo grupal que involucre actividades
de
investigación,
docencia, acción social y prestación
de
servicios.
Visión
Valores
Responsabilídad Social.
Excelencia.
Sinergia.
Compromiso.
Comunicación.
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Respeto.
Honestidad.
Ética
Política de Calidad
Garantizar
la
calidad
en
sus procesos de investígación científica y biotecnológica,
docencia, acción social y prestación de servicios para satisfacer las necesidades de
sus clientes, a través del mejoramiento continuo
de
sus procesos.
Capítulo IV
Fines y Objetivos del Centro
Artículo
3:
El
Centro
de
Información e Investigaciones Toxicológicas y Químicas
Aplicadas, tiene como propósito generar y divulgar conocimientos científicos, tecnológicos
y humanísticos innovadores, desarrollando proyectos de investigación colaborativos y
participativos que incluyan los sectores gubernamentales, públicos, privados,
organizaciones no gubernamentales , redes de ciencia y tecnología; respetando
Jos
marcos éticos y legales
en
la consecución
de
sus recursos humanos, financieros.
científicos y tecnológicos y
en
la
ejecución y divulgación
de
sus actividades.
Artículo 4:
Realizar investigaciones
en
las áreas de toxicología, toxinolog ía y química
aplicada (Qulmica Clínica, Química Toxicológica, Química Forense, Qu ímica Legal
y Bromatología) y otras disciplinas afines, orientadas a realizar aportaciones
científicas, tecnológicas, metodológicas y transferencia de tecnologia que
contribuya a resolver problemas de
la
región y de sus habitantes.
Desarrollar las siguientes líneas de investigación:
o Toxinas naturales: bioquímica y toxicología;
·o Bioquímica de proteínas: aíslamíento y caracterización funcional;
o Antitoxinas naturales y sintéticas: productos naturales y química medicinal;
o Ensayos químicos y toxicológicos de interés clínico, legal, forense,
bromatológico y ambiehtal;
o Bioquímica y toxicología de agrotóxicos;
o Alcohol y drogas de abuso.
Proponer nuevas líneas
de
la
investigación, tomando corno referencia
el
Plan
Estratégico Nacional para el Desarrollo de
la
Ciencia,
la
Tecnología y
la
Innovación de la República de Panamá y las líneas de investigación de la
Universidad Autónoma
de
Chiriqul.
Apoyar programas de docencia, servicio social y extensión que contribuyan a
la
formacíón de estudiantes en
el
campo
de
la
investigación sobre las ciencias
toxicológicas, toxinológícas y qufmicas aplicadas (Qulmica Clínica, Química
Toxicológica, Química Forense, Química Legal y Bromatología) y otras disciplinas,
que promuevan el análisis de los problemas de
la
región, con visión y la
participación de equipos multidisciplinarios y transdísciplinarios.
Gestionar el financiamiento y la cooperación científica y tecnológica a nivel
nacional e internacional para los proyectos y programas de investigación,
desarrollo e innovación
en
beneficio
de
la
Universidad Autónoma de Chiriquf, de la'
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región y del país. "y-::-;-
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Nutrir los semilleros
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investigación con estudiantes de pregraáo· ,gra
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No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 8
Impulsar los semilleros de investigación a través de acciones coordinadas de
investigación, desarrollo e innovación y otros eventos que promuevan
la
creatividad, destrezas, habilidades y el aprovechamiento académico e investigativo
de sus miembros.
Divulgar en los medios nacionales e internacionales los resultados de las
investigaciones y nuevos conocimientos generados por los investigadores y
semilleros
de
investigación del Centro en revistas indexadas, boletines, informes
científicos, artículos, ponencias y presentación de posters y afiches en eventos
científicos nacionales
e.
internacionales.
Brindar asesorla e información a las instituciones
de
salud pública, privada,
organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, empresas y al público en
general sobre las acciones necesarias de prevención, diagnóstico, tratamiento y
rehabilitación de las víctimas y sitios afectados por los incidentes y/o accidentes
toxicológicos, toxinológicos y químicos.
Desarrollar un sistema de Gestión de Riesgos en la Provincia de Chiríquí para
alertar a las autoridades civiles, educativas (universitaria, secundaria y primaria) y
de
salud sobre posibles riesgos toxicológicos, toxinológícos y químicos, a los
cuales puede estar expuesta la población y orientar sobre las acciones y medidas
de prevención y control.
Crear otros órganos cuando así los estime conveniente el Director y el Consejo de
Investigación del Centro, teniendo en cuenta las necesidades y características de
las actividades
de
investigación, desarrollo e innovación que se deseen realizar.
Capítulo V
Organización y Funciones
Artículo
5:
La estructura organizacional del Centro de Información e Investigaciones
Toxicológicas y Químicas Aplicadas, está constituida de la siguiente manera:
Consejo
de
Investigadores
Director del Centro
o Administrador o Asistente Ejecutivo
o Asesor Financiero,
de
Contabilidad y Legal
o Secretaria Ejecutiva Administrativa
Subdirector
Investigadores Principales
o
lnvest~gadores
Asoc~ados
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o Investigadores Asociados Internacionales .
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o Química Clínica
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o Bromatología
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División
Técnica
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o Laboratorios
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o Gestión
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Riesgo
o Gestión de Calidad
o Desarrollo Tecnológico
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Consejo
Académico
No.19·2015
del
03
de
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diciembre
de
2015
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o lnsectario
o Síoterío
" Departamento Académico
o Docencia
o Servicio Social
o Extensión
Departamento de Información y documentación
Articulo
6:
El Director del Centro de Investigación será de libre nombramiento y remoción
por el Rector , previa recomendación del Decano
de
la Facultad
en
coordinación con el
Vicerrector de Investigación y Posgrado, y ratificado por la Junta de Facultad.
El
Director
del Centro tendrá autoridad y responsabilidad directa sobre
el
personal investigador,
docente, administrativo, técnico, asistente y estudiantes a su cargo; además será
responsable del cumplimiento
de
las
funciones del Centro de Investigación.
El
Director
tendrá derecho a solicitar descarga horaria según lo establecido en la , estatuto y
reglamentos universitarios.
Artículo
7: Para ser elegido Director del Centro de Información e Investigaciones
Toxicológicas y Químicas Aplicadas de
la
Un
iversidad Autónoma de Chiriqui, se requiere:
a) Ser docente tiempo completo
en
la Universidad Autónoma de Chíriquí en
Química Clínica, Qufmica Toxicológica y/o Toxicologfa.
b) Poseer el grado Académico de Doctorado o Maestría
en
Toxicologia o en
áreas afines.
c)
Comprobada experiencia corno investigador.
d) Cumplir
con
lo
establecido en el código
de
ética para la ejecución
de
la Carrera
docente de
la
UNACHI.
e)
Practicar lo establecido en los códigos de bíoética nacionales e internacionales,
como son el Código de Nuremberg, Declaración de Helsinki, Acuerdo
Internacional
f) sobre Derechos Civiles y Políticos, Pautas Internacionales para la Investigación
Biomédica
en
Seres Humanos y otros internacionales y nacionales que sean
creados y aprobados por los órganos de gobierno de Panamá y de
la
UNACH
I.
Artículo
8:
Funciones
del
Director
del
Centro
de
Investigación
son:
a) Representar al Centro de Investigación, interna y externamente.
b)
Programar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de
Investigación del Centro
de
Investigación.
e) Cumplir con todos los procesos administrativos
de
planificar, organizar, dirigir,
supervisar y evaluar el funcionamiento integral del Centro de Investigación.
d) Estimular y proteger los vínculos de cooperación con otras instituciones locales,
regionales, nacionales e internacionales.
e) Confeccionar y ejecutar el plan operativo y financiero del Centro, anualmente.
f)
Valorar la calidad de las investigaciones realizadas por miembros del Centro, que
se desarrollen dentro y fuera de la UNACHl.
g) Supervisar y tramitar
la
ejecución de los Proyectos de investigación adjudicados
para verificar el cronograma presentado por el investigador y por el Centro de
1 nvestigación.
h)
Evaluar anualmente, con el Consejo de Investigación, los programas de .
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investigación, académicos, servicios o asesoría propuestos por los ínvestigadore$
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docentes, asistentes y estudiantes.
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del
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de
2015
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Presentar informes del Centro, por lo menos dos veces
al
año.
j)
Cumplir y hacer cumplir las disposiciones comprendidas en
el
presente
reglamento.
k)
Efectuar otras funciones que
le
sean asignadas por el Decano de
la
Facultad y por
el Vicerrector de Investigación y Posgrado.
Artículo
9:
Funciones
del
Asesor
Legal
Asesorar y responder todas las consultas internas o externas que demanden del
Centro de Investigación
en
el ámbito de las competencias propias de este,
prestándole
su
colaboración y asesoramiento legal con base a las leyes,
reglamentos y normas establecidas dentro y fuera de
la
universidad y
el
estado.
Cumplir y hacer cumplír las normas que definen en caso de ausencia del director
del Centro, este será sustituido por
el
Subdirector, en caso de ausencia de
subdirector(a) y del Director del Centro, por
el
investigador(a) más antiguo y a
igualdad de antigüedad por el de más edad.
Verificar que los acuerdos hayan sido aprobados por la mayoría de los miembros
del consejo de investigación
en
cada sesión.
Cumplir y hacer cumplir las normas de ética , responsabilidad, puntualidad y
confidencialidad.
Artículo
10:
Funciones
de
la
Secretaria Ejecutiva Administrativa
Convocar a reuniones del Centro, establecer
el
orden del día, lugar, fecha y hora
de celebración de la reunión, a pedido del Director del Centro. La convocación de
las reuniones del Centro,
se
realizará por escrito y por correo electrónico, con
al
menos ocho días de antelación a
la
fecha de
la
reunión y estarán presididas por el
Director del Centro de investigación.
Redactar, registrar y distribuir toda la documentación necesaria
cief
Centro.
Participar en la elaboración del presupuesto y de las comisiones del Centro.
Todas las demás funciones inherentes a
su
cargo y que
le
sean asignadas por
el
Director del Centro.
Artículo
11:
Funciones
del
Asesor
Financiero
Ayudar a descubrir las necesidades financieras, analizando circunstancias
pasadas, presentes y futuras del Centro de investigación, teniendo en cuenta las
necesidades y recursos, patrimonio,
la
situación económica, política y social.
Analizar
el
perfil de riesgo y necesidades financieras del Centro, ofreciendo
recomendaciones de inversión y asesoramiento, según las circunstancias y
necesidades cambiantes y adaptándolas
al
momento actual.
Elaborar todos los procesos admínistratívos y financieros del Centro, cumpliendo
con las leyes, reglamentos y normas establecidas en
la
Universidad Autónoma de
Chiriqui y demás entidades del estado; así como las normativas internacionales.
Confeccionar
la
documentación necesaria, examinando y verificando cálculos, a fin
de dar cumplimiento a cada uno de esos procesos para lograr resultados
oportunos y garantizar
la
prestación efectiva de los servicios.
Participar en los estudios y análisis de nuevos procedimientos y métodos
financieros que garanticen
la
funcionalidad económica y financiera del trabajo del
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en
la
confección del presupuesto del Centro y supervisar
la
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los presupuestos asignados a los proyectos de investigación.
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Llevar registros y control de los recursos financieros asignado
af
Centro, fondo fijo,
avance a justificar, caja chica, etc.
Archivar y llevar el control de los documentos del Centro.
Mantener en orden equipo y sitio de trabajo, informando cualquier anomalía y
solicitar mantenimiento.
Elaborar y presentar informes anuales de las actív idades realizadas.
Realiza cualquier otra tarea afín que
le
sea asignada.
Artículo
12:
Funciones del Asesor
de
Contabilidad:
Verificar los principios de contabilidad establecidos
en
general.
Conservar y cumplir los lineamientos del Sistema de Gestión de
la
Calidad.
Cumplir con de las funciones y objetivos del área.
Vigilar por
la
aplicación de la norma y el cumplimiento de las normas de
la
organización.
Atender y mantener los grados de la confidencialidad de
la
información
suministrada por
la
organización y por los clientes.
..
Registrar
en
los libros mayores·de acuerdo con
la
técnica contable y los auxiliares
necesarios, para mantener al día las transacciones.
Preparar y presentar informes sobre
la
situación financiera del Centro que exijan
los entes de control y mensualmente entregar al Director del Centro, un balance de
comprobación.
Aconsejar al Director y a al Consejo de lnvestígacíón
en
asuntos relacionados con
el cargo, así como a toda
la
organización
en
materia de control interno.
Llevar el archivo de
su
dependencia
en
forma organizada y oportuna,
con
el fin de
atender los requerimientos o solicitudes de información tanto internas como
externas.
Artículo
13:
Funciones
del
Subdirector
El
subdirector, será propuesto por el Director del Centro y ratificado por el Decano
por
un
periodo de tres años.
Participar con el Consejo de Investigación para la integración de los planes y
programas de desarrollo.
Crear, con
la
participación de las áreas a
su
cargo, los programas y los horarios de
trabajo del personal docente, investigador, asistente, técnico y estudiantes.
Vigilar que
se
realicen las actividades docentes manteniendo una estrecha
relación entre las áreas de investigación, académicas, de servicio social y de
extensión.
Apoyar las funciones del Director en caso de ausencia temporal.
Artículo
14:
Funciones
del
Investigador
Principal
Ser docente, asistente o investigador de
la
universidad y tener aprobado el
proyecto de investigación por el Consejo de Investigación del Centro y por la
Vicerrectoría de Investigación y Posgrado de la UNACHI.
Diseñar y desarrollar proyectos de investigación
en
los niveles de educación de
pre grado, grado y posgrado, que ayuden a mejorar la calidad del Centro.
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Presentar alternativas de solución a los problemas de investigaciones
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contribuyan a
la
toma de decisiones.
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No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 12
Participar
en
calidad de conferencista y asistir a reuniones académicas como
representantes del Centro; así como también asesorar a
la
comunidad, de acuerdo
a
su
área de conocimiento e investigación.
Participar
de
reuniones convocadas por
el
director del Centro o departamentos del
Centro.
Presentar . ante
el
pleno del consejo de investigación, los proyectos
de
investigación, desarrollo e innovación, los candidatos a ser investigadores
colaboradores y semilleros de investigación.
Motivar, supervisar y evaluar
el
desempeño y actividades de auxiliares y asistentes
de
investigadores y semilleros de investigación a
su
cargo, y presentar
los
informes que
se
requieran.
Colaborar
con
las actividades de análisis e implementación
de
procesos
relacionados
con
la
marcha e intervenciones de proyectos, elaboradas por
el
asistente
de
Investigador, semilleros de investigación o técnicos.
Actualizar
la
base de datos correspondiente a su hoja de vida profesional y
productos de investigación derivados de proyectos
en
el
Centro o fuera
de
este.
Participar como asesor, consultar y/o revisor de revistas que así
lo
soliciten y
en
grupos o equipos especializados de trabajo. ·
Publicar los resultados de las investigaciones,
en
revistas indexadas de alto
impacto, nacionales e internacionales.
Tramitar
la
a descarga horaria, por investigación, siempre y cuando se justifique.
Artículo 15: Funciones de Investigadores Asociados Nacionales
Los investigadores asociados
son
aquellos investigadores panameños, externos a
la
institución, dentro o fuera del pals.
Participar
en
las reuniones o video conferencias programadas por
el
investigador
principal del proyecto y/o por las programadas por el director del Centro y del
programa
al
cual está adscrito
el
proyecto.
Llevar a cabo los análisis solicitados por
la
dirección especifica del proyecto.
Participar
con
un
proyecto de investigación aprobado por
el
Director y
el
Consejo
de Investigaciones del Centro.
Tener derecho a voz
en
las reuniones del Centro.
Podra ser miembro del Centro de investigación siempre que participe activamente
en
la
ejecución de proyectos de investigación y asesorías científicas y tecnológicas
con investigadores del Centro.
Representar
al
Centro
en
eventos académicos y científicos relacionados
con
el
proyecto de investigación que desarrolla.
Actualizar la base de datos correspondiente a su hoja de vida profesional y
productos de investigación derivados del proyecto
en
el
Centro.
Colaborar
con
cualquiera otra Institución de Investigación (Centro, Instituto) que
tenga a bien asignar
en
acuerdo
con
el
Centro de Información e Investigaciones
Toxicológicas y Químicas Aplicadas
de
la
UNACHI.
Articulo 16: Funciones de los investigadores Asociados Internacionales
Son
aquellos investigadores
de
otros países, que
se
hayan distinguido por su
colaboración
al
desarrollo
de
la actividad científica e innovadora del Centro .
Acuerdo Consejo Académico No.19·2015 del
03
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2015
No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 13
Articulo
17: Los investigadores Asistentes, se regirán por el artículo 249 del Estatuto
Universitario.
Artículo
18: Departamento de Relaciones
Públicas
Ejecutar las comunicaciones internas, para que el personal interno conozca los
recursos humanos y las políticas del Centro.
Gestionar las comunicaciones externas con
la
vinculación de otras instituciones,
tanto industriales como financieras, gubernamentales y medios de cc;imunicación.
Transmitir
la
información
veraz
y confiable
al
público y clientes.
Trabajar conjuntamente con todos los departamentos del Centro
en
la
divulgación
de sus actividades.
Artículo
19: Departamento
de
Investigación
Generar y divulgar conocimientos científicos, tecnológicos y humanísticos
innovadores y soluciones a los principales problemas de
la
región y sus
habitantes, relacionados
con
las áreas de acción e investigación del Centro.
Desarrollar proyectos de investigación colaborativos y participativos, acordes
con
las líneas y áreas de investigación del Centro.
Inscribir todos sus proyectos de investigación
en
el Vicerrectoría de Investigación y
Posgrado de
la
UNACHL
Participar activamente
en
todos los concursos de subsidios para
la
investigación
realizados por la Vicerrectoría de Investigación y Posgrado de
la
UNACHI, por
SENACYT y demás organizaciones nacionales e internacionales que apoyen el
avance de
la
ciencia.
Publicar todos los conocimientos que
se
generan mediante sus investigaciones
en
el Centro
en
revistas indexadas de alto factor de impacto, nacionales e
internacionales y a través de
su
participación activa como expositor y/o
presentador de poster
con
los resultados de
su
trabajo
en
simposios, seminarios,
talleres y congresos , dentro y fuera del país.
Trasferir tecnología de acuerdo a los principios legales establecidos para tal fin
en
las leyes, estatutos y normas de la UNACHI.
Prestación de servicios de acuerdo a los principios legales establecidos para tal fin
en
las leyes, estatutos y normas de
la
UNACHI.
Generación de patentes, de acuerdo a los principios legales establecidos para tal
fin
en
las leyes, estatutos y normas de
la
UNACHI.
Artículo
20:
Departamento
de
Información
y
Documentación
Promover, coordinar y colaborar con el óptimo funcionamiento de las tecnologías
de información del Centro y sus procesos permanentes de captura, diseño,
validación, selección, procesamiento, conservación, aseguramiento y
comunicación de la.información.
Atender las consultas internas y externas a
la
Universidad, sobre prevención,
diagnóstico, atención, primeros auxilios y tratamientos (antídotos)
en
casos de
intoxicaciones, envenenamientos y accidentes toxicológicos. toxinológicos y
químicos que comprometan a seres humanos, animales y
al
medio ambiente.
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No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 14
Artículo
21: Departamento Técnico
Efectuar análisis qulmicos, clínicos, toxicológicos y bromatológicos, cumpliendo
con
los parámetros establecidos
en
las normas
de
calidad y seguridad (nacionales
e internacionales) y
en
las leyes vigentes de la república de Panamá.
Artículo
22: Departamento Académico
DOCENCIA
Realizar actividades académicas y de extensión
en
Química Clinica, Qufmica
Toxicológica, Toxicologfa, Toxinología, Química Legal, Quimica Forense,
Bromatología y Seguridad Química y Toxicológica; así como de otras
asignaturas afines
en
las áreas de la salud y de las ciencias naturales.
Contribución
en
la
docencia de pre, grado y posgrado; incluyendo tutorias y
asesorlas
en
el
desarrollo de tesis de licenciatura, de trabajos finales de
graduación y asesoría a tesistas de maestría y doctorado.
Crear
un
semillero de investigadores·con el trabajo de estudiantes de grado y
posgrado, quienes laboran como asistentes de investigación o efectúan sus
proyectos de tesis. Tambíén el Centro contribuye con
la
formación de
estudiantes extranjeros, quienes podrán realizar pasantías y trabajos de
colaboración
en
los
laboratorios
de
investigación
del
Centro.
SERVICIO SOCIAL
Campañas de educación dirigidas a la población
en
los aspectos básicos de
prevención, primeros auxilios y tratamiento de los accidentes por mordedura de
serpientes, picaduras
de
insectos y otros animales venenosos.
Desarrollar
un
programa de información sobre los efectos y prevención
del
uso de
drogas de abuso.
Campañas de educación dirigidas a
la
población
en
los aspectos básicos de
prevención, primeros auxilios y tratamiento de intoxicaciones con agrotóxícos,
pesticidas, productos de limpieza, aseo personal, cosméticos.
EXTENSIÓN
Desarrollar actividades sistemáticas que transfieran a
la
comunidad los
conocimientos y experiencias producidos a través de las investigaciones
realizadas
en
el
Centro, mediante
su
aplicación o adaptación, de manera que
se
produzca
un
enriquecimiento
en
la
interrelación entre
el
Centro,
la
Universidad y
la
comunidad.
Artículo 23: Recursos Financieros
Las
fuentes de financiamiento serán:
Las aportadas por
el
presupuesto universitario para investigaciones, de
acuerdo a
lo
establecido
en
el estatuto universitario.
Las
donaciones de organismos nacionales e internacionales
Ingresos obtenidos por
el
Centro
de
Toxicología a través
de
autogestión.
Asignaciones de ONG para
el
desarrollo de proyectos
de
servicio social y
docencia.
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Otras donaciones, producto de convenios, becas, pasantías, asesorías
de
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investigaciones o servicios que brinde
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No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 15
Articulo 24: Adscripción de Investigadores y pérdida de la condición de
Investigador del Centro
Adscripción de Investigadores al Centro:
1.
Pueden adscríbirse
al
Centro. atendiendo a sus líneas de especialización,
Investigadores cuyos trabajos sean acordes con las líneas vigentes de
investigación del Centro o con aquellas que sean aprobadas por
el
Director y
Consejo de Investigación del Centro.
2.
La
adscripción de estos investigadores se realizará mediante solicitud formal del
responsable dirigida al director del Centro. A la solicitud se adjuntará
el
currículum
vitae con ejecutorias y copias
d.e
las evidencias citadas en el curriculum vitae del
solicitante. · ·
3.
Para
la
adscripción de un nuevo investigador, el Consejo de Investigación deberá
dar su aprobación con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros.
4. Un Investigador podrá adscribirse exclusivamente a un área de Investigación
existente en el Centro. Asf mismo, pueden crearse dentro del Centro y adscribirse
a
su
estructura, una nueva área
si
esta es aprobada por el Director y el Consejo de
Investigación.
Pérdida de la condición de Investigador del Centro
1.
Los miembros adscritos al Centro causarán baja por alguna de las siguientes causas:
a) Por voluntad propia, comunicada por escrito a
la
Dirección del Centro.
b)
Porcausa
legal.
c) Cuando cesen las causas por las que adquirió dicha categoría.
Artículo
25:
Miembros del Consejo de Investigación del Centro de Información e
Investigaciones Toxicológicas y Químicas Aplicadas (CEllTOXQUIA)
1. El Consejo de Investigación del Centro de Información e · Investigaciones
Toxicológicas y Químicas Aplicadas, estará formado por los siguientes miembros:
Director del Centro, con derecho a voz y voto.
Subdirector del Centro con derecho a voz y voto.
Investigadores principales, con derecho a voz y voto.
Investigadores asociados nacionales, con derecho a voz.
fnvestígadores asociados internacionales, con derecho a voz.
Director def Departamento de Relaciones Públicas, con derecho a voz y voto.
Director del Departamento de Investigación, con derecho a voz y voto.
Director del Departamento Técnico, con derecho a voz y voto.
Director del Departamento Académico, con derecho a voz y voto.
Director del Departamento de Información y Documentación, con derecho a
voz y voto. ·
Administrador o Asistente Ejecutivo, Asesores financiero, legal, de contabilidad
y secretaria ejecutiva administrativa, todos con derecho a voz.
Director de Investigación de la Facultad, con derecho a voz.
Artículo
26:
Funciones del Consejo de Investigación (Consejo de Investigadores)
1.
Definir las politicas específicas del Centro de Informaciones e Investigaciones
Toxicofógícas y Quimicas Aplicadas (CEllTOXQUIA).
2.
Proponer
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creaci~n.
modifica.ción. o supres.ión
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No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 16
3.
Proponer
la
creación de programas académicos, de formación continua y de
extensión, para docentes, investigadores, profesionales, estudiantes,
administrativos y público en general y servicio social, para estudiantes,
en
las
áreas de las Ciencias Toxicológicas, Toxinológicas y Químicas Aplicadas
(Química Clínica, Química Toxicológica, Química Forense, Química Legal y
Bromatología}
y
otras
disciplinas
afines a las
actividades
del
CEllTOXQUIA, de
acuerdo
con
el presente Estatuto, Ley
4,
Estatuto Universitario y los
reglamentos y normas vigente de
la
Universidad.
4.
Coordinar
la
elaboración del proyecto de presupuesto del CEllTOXQUIA, a
partir de los proyectos vigentes (de investigación, académicos, extensión y
servicio social) y de los proyectos aprobados, con sujeción al presupuesto
general de
la
Universidad.
5.
Recomendar al Director del Centro el número máximo de estudiantes y/o
semilleros que pueden admitirse
en
cada departamento, área de ínvestigación
y/o programa curricular y para cada período académico.
6.
Aprobar el Plan de Acción del Centro, en armonía con el Plan de Acción de
la
Facultad y el Plan Global de Desarrollo de la Universidad.
7.
Establecer y aplicar sistemas de evaluación institucional del mismo
CEllTOXQUIA.
8.
Conformar con carácter temporal o permanente comisiones para el ejercicío de
cualquíera de sus funciones y definir los términos y condiciones para el
ejercicio
de
la
delegación que se les confiera.
9.
Conceptuar y evaluar los informes de gestión presentados por el (la) Director
(a) del Centro y recomendar las acciones que consideren pertinentes.
10.
Recomendar
al
Decano de
la
Facultad, después de haber realizado votación,
con
la
mitad más uno de votos de los miembros del Consejo de Investigación,
la
remoción definitiva del Director del Centro de sus funciones por causas
legales con
la
justicia panamefía y/o internacional
si
por ellas resulta acción
condenatoria, por comprobada comisión de actos ilegales que afecten el
patrimonio del Centro, por omisión e incumplimiento de sus funciones como
Director(a), por comisión de actos contrarios a las funciones que le otorga este
Reglamento, por actos ilegales o contrarios a los principios básicos de
la
Administración Pública, de acuerdo a lo establecido
en
las leyes, decretos
leyes, decretos ejecutivos, reglamentos, y normas vigentes
en
la
República de
Panamá.
11. Solicitar al Decano de
la
Facultad activar
la
Comisión de Ética y Disciplina
en
los casos señalados
en
el artículo 1 O de este reglamento, para su
investigación.
12.
Redactar, aprobar, modificar e adoptar
su
reglamento interno.
13. SE APROBÓ las siguientes modificaciones
en
la
programación curricular de
la
Maestría en Matemática Pura:
Cambio de asignatura del
111
Cuatrimestre:
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03
de diciembre de
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No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 17
Para el IV Cuatrimestre materias electivas serán las siguientes:
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14.
SE
APROBÓ los artículos del 7 al
24
del Reglamento General de Giras
Académicas Universitarias:
CAPÍTULO
11
SECCIÓN A
RESPONSABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 7: Cada estudiante que participe
en
giras académicas cubrirá sus
gastos personales tales como alimentación, hospedaje y otras actividades
vinculadas con la gira. Deberá existir por lo menos el 75%
de
participación del
grupo a fin de lograr los objetivos propuestos.
El
estudiante que no participe de
la
gira no está obligado a pagar ningún tipo de gasto.
ART(CULO
8:
Los estudiantes que por razones justificables (enfermedad,
discapacidad, condición económica, religión, duelo u otras) no puedan asistir a
la
gira, deberán presentar previamente al docente excusa, para que éste le indique
la alternativa para obtener
su
evaluación.
Artículo
9:
Todo estudiante que tenga
preescrípción
médica o algún tipo de
discapacidad, podrá asistir a la gira bajo su propia responsabilidad.
Artículo
10: Si uno o varios estudiantes ocasionan daf1os al transporte, lugares
visitados, hoteles, restaurantes y otros, la responsabilidad de los gastos de
reparación será de los
causantes
del
daño.
Artículo
11:
Los
estudiantes presentarán a
la
unidad académica básica
un
compendio de
las
evidencias logradas
en
la
gira académica, las cuales deben ser
por
escrito o digitales,
en
un
término
de
5 dias hábiles.
SECCIÓN B
RESPONSABILIDADES DEL DOCENTE
Acuerdo Consejo Académico No.19·201-5 del
03
de
diciembre
de
20.15
No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 18
ARTÍCULO 13:
El
profesor responsable de la gira académica planíficará y
coordinará con los estudiantes las condíciones de alojamiento, alimentación,
reserva de hoteles, campamentos, giras internas, entre otros, relacionados con
ra
gira.
En
caso de actividades en lugares de riesgo para los estudiantes, se deberá
contar con la participación de personal idóneo con conocimiento de rescate o
salvamento, de
lo
contrario
Ja
gira académica no se realizara.
ARTÍCULO 14:
El
profesor responsable de
la
gira académica deberá reportar el
listado completo de los integrantes del grupo debidamente matriculados en la
UNACHI y con
el
visto bueno del Decano, o Director de Centro Regional o de
Extensión, del grupo que sale a gira académica, con cinco (5) días hábiles de
anticipación a
la
fecha
de
la
gira, para cumplir con los requerimientos de
la
Vicerrectorfa de Asuntos Estudiantíles, a través de
la
Página Web, Link de Seguro
para la debida cobertura de
la
Póliza de Accidentes Personales. Si la gira es a
Panamá, solicitar en este mismo lugar un formato de reclamo para atención en
caso de accidentes en los hospitales asignados por la aseguradora.
ARTÍCULO 15: Para atender situaciones de emergencias, el profesor
responsable
deberá
tomar en cuenta lo siguiente:
1- Mantener el listado reportado de los participantes de la gira, números de
contactos de la Vícerrectoría de Asuntos Estudiantiles.
Portar
un
botiquín de primeros auxilios, que se puede adquirir según
disponibilidad en la Vicerrectoria
de
Asuntos Estudiantiles en el cual se
incluirán los números
de
los
servicios
de
emergencias.
ARTÍCULO 16:
El
profesor responsable
de
la gira debe presentar el detalle
financiero de la actividad,
en
caso de que se produzcan gastos sufragados por los
estudiantes, al Director (a) de Escuela con copia
al
Decano (a), o Director (a) de
Centros Regionales o de Extensión, a más tardar cinco (5) días hábiles después
de concluida la gira. Este informe debe ser firmado por el profesor responsable y
el grupo participante
de
la
gira. Debe ser presentado en
el
formato correspondiente
que se encontrará en la página web UNACHI.
CAPITULO
111
DEBERES Y DERECHOS DE
LOS
PARTICIPANTES:
ARTÍCULO 17: Estas giras académicas implican deberes y derechos para las
partes, tales como :
DEBERES:
1. Presentar una conducta apropiada y acatar las órdenes y lineamientos del
profesor responsable de la gira, al igual que mantener
la
disciplina,
puntualidad, respeto y sana convivencia durante la actividad,
de
acuerdo
al
reglamento vigente de giras académicas.
2.
Portar el carnet universitario, copia del recibo de matricula, cédula o
pasaporte que lo identifique durante la gira o para atención en caso de
accidentes.
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3. Conocer el
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la
Pagina Web).
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DERECHOS:
1.
A expresar sus ideas y
ser
escuchado con respeto, al igual que participar
activamente en todas las actividades de la gira académica.
2.
A recibir del profesor responsable y de las empresas a visitar todos los
servicios contratados en la Gira Académica, además de recibir asistencia
en caso de accidentes u otras situaciones.
3.
Los estudiantes estarán bajo la cobertura del Seguro de Accidentes,
mientras mantengan
la
supervisión del docente responsable.
CAPiTULO IV
TRANSPORTE INSTITUCIONAL Y PRIVADO
ARTÍCULO
18:
Para utílizar los buses
de
la Universidad,
el
Decano, deberá
solicitarlo por escrito, a
la
Dirección de Servicios Administrativos. En el caso de
los Centros Regionales y de las Extensiones Universitarias, se solicitará al Director
o Coordinador respectivo, quien informará a Servicios Administrativos de
su
uso.
Este servicio estará sujeto a la existencia de vehículos y a los reglamentos de
la
Dirección de Servicios Administrativos y se cumplirá estrictamente con el
itinerario, el vehículo debe estar preparado media hora antes de la salida.
ARTÍCULO
19:
Para contratar
el
servicio de bus privado se deberá contar con la
autorización del Decano, Director de Centro o Extensión Universitaria, además
el
vehiculo deberá tener seguro de asiento y documentación pertinente
al
día como
placa, registro único vehicular y seguro de automóvil.
El
conductor debe poseer
licencia profesional. Copias de estos documentos deben ser presentados con la
solicitud al Decano, Director de Centro o Extensión Universitaria y declarar el uso
del bus privado en el formulario de gira académica para cobertura del Seguro de
accidentes.
CAPÍTULO V
DISPOSICIONES FINALES
Artículo
20:
En situaciones de alerta nacional, provincial o de la región notificada
por las autoridades competentes,
el
Decano, Director de Centro Regional o
Extensión Universitaria podrán suspender las giras académicas e informarán
al
profesor responsable de la suspensión de la misma.
Artículo
21:
Las giras académicas no podrán realizarse durante
el
periodo de
exámenes semestrales.
Articulo
22:
Le corresponde al Director de Escuela, comunicar a los docentes de
otras asignaturas
que
se vean afectados en las fechas indicadas, por
la
ausencia
de
los estudiantes en gira.
Acuerdo Consejo Académico No.19-2015
del
03 de
diciembre
de
2015
No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 20
ARTÍCULO
24:
El
presente Reglamento entrará
en
vigencia a partir
de
su
aprobacíón por el Consejo General Universitario y será publicado
en
la
página web
de
la
institución .
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SECCIÓN PARLAMENTARIA
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Acuerdv Consejo Académico No.19·2015 del
03
de diciembre
de
2015
Página20
Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)

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