Ley Nº 9 de 12 de enero de 2007, POR LA CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO DE COOPERACIÓN AMBIENTAL ENTRE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y LA REPÚBLICA DE CHILE
LEY No. 9
De 12 de enero de 2007
Por la cual se aprueba el Acuerdo de Cooperación Ambiental entre
la República de Panamá y la República de Chile
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
ACUERDO DE COOPERACIÓN AMBIENTAL
ENTRE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y LA REPÚBLICA DE CHILE
El Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de la República de Chile, en lo sucesivo “las Partes”:
COMPROMETIDOS con la consecución del desarrollo sostenible y reconociendo sus pilares, que son interdependientes y se refuerzan mutuamente - crecimiento económico, desarrollo social, protección del medio ambiente y conservación de los recursos naturales;
RECONOCIENDO que las políticas ambientales y comerciales deben apoyarse mutuamente, con el objeto de lograr el desarrollo sostenible;
CONVENCIDOS de la necesidad de la creación de capacidad para la protección del medio ambiente y conservación de los recursos naturales junto con el fortalecimiento de las relaciones de comercio e inversión;
TOMANDO nota de la existencia de diferencias en los respectivos patrimonios naturales y condiciones climáticas, geográficas, sociales, culturales y legales de las Partes, así como en sus capacidades económicas, tecnológicas y de infraestructura;
CONSCIENTES de la importancia de la cooperación para la protección del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales;
SUBRAYANDO la importancia de la participación de la sociedad civil para el logro de los objetivos de este Acuerdo;
CONVENCIDOS de la necesidad de una mayor promoción de la educación y cultura ambiental;
Han convenido en el siguiente Acuerdo de Cooperación Ambiental, en adelante “el Acuerdo”:
Objetivos.
Los objetivos del Acuerdo serán:
promover el desarrollo de políticas y de la gestión ambiental con el objeto de mejorar las capacidades y potencialidades de las Partes, incluidos los sectores no gubernamentales;
facilitar, mediante la cooperación ambiental, el cumplimiento de los compromisos asumidos por las Partes; y
fortalecer el diálogo y el intercambio de experiencias en estas materias.
Elementos principales y compromisos.
-
Las Partes reconocen el derecho soberano de cada una de ellas para establecer, administrar y fiscalizar sus propias leyes, regulaciones y políticas ambientales.
-
Las Partes reafirman...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba