Acuerdo Nº 24 de 2 de junio de 2006, POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO MUNICIPAL No. 18 DEL 1-7-03

ACUERDO No. 24

(de 2 de junio de 2006)

"Por medio del cual se modifica el Acuerdo Municipal No. 18 del 1-7-03".

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE REPRESENTANTES DE CORREGIMIENTO DEL DISTRITO DE LA CHORRERA

en uso de sus facultades legales:

C O N S I D E R A N D O :

Que el Municipio de La Chorrera es propietario de las Fincas No. 109,257, 109,259 y 109,260, inscritas al Rollo 6965, Documento 4, ubicadas en el Sector Zanguengas, Corregimiento Herrera, Distrito de La Chorrera.

Que estas Fincas están siendo ocupadas por familias que conforman el poblado de Zanguengas, las cuales por su situación económica no han podido legalizar la tenencia de sus tierras.

Que se hace necesario dotar a estos pobladores, de un instrumento jurídico que les facilite un trámite eficaz para el cumplimiento de sus aspiraciones, metas y para que la tierra cumpla con su función social.

Que la Junta Comunal de Herrera al determinar las necesidades de este Corregimiento ha hecho formal solicitud al Honorable Concejo Municipal de La Chorrera.

A C U E R D A :

ARTICULO PRIMERO

Modificar como en efecto se modifica el Acuerdo Municipal No. 18 del 1-7-06, el cual quedará así:

"ARTICULO PRIMERO: Autorizar la lotificación y venta de los terrenos municipales que conforman las Fincas No. 109,257, 109,259 y 109,260, inscritas al Rollo 6965, Documento 4, cuyas áreas hacen un total de 28 hectáreas más 1456.00 mts./2, ubicados en la población de Zanguengas, Corregimiento de Herrera, las medidas y linderos son los siguientes:

NORTE: Quebrada El Almendra con 478.40 mts./2

SUR: Terrenos Nacionales con 697.38 mts/2

ESTE: Quebrada El Indio con 666.22 mts/2

OESTE: Terrenos Nac. y Qda. El Almendra con 672.12 mts./2

ARTICULO SEGUNDO

El precio de venta de estos lotes será de 0.25 centavos por mts./2 o fracción, para las familias que residen en el lugar por más de 15 años, mientras que para los demás será de B/.1.00 por mt./2.

ARTICULO TERCERO

Todo solicitante de lote de terreno en dicha área deberá cumplir con los requisitos que establecen los acuerdos municipales en materia de tierras y lo que señale la Ley.

ARTICULO CUARTO

La persona que resida por más de quince años en dicho lugar podrá tramitar en compra al Municipio de La Chorrera la totalidad del terreno que tenga en usufructo. Para tal efecto será necesario el testimonio ante el Corregidor del Corregimiento o...

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