Acuerdo Municipal N° 04-2023. Por el cual se crea la comisión de ejecución y apelaciones en materia de justicia comunitaria de paz para el distrito de pocrí.

Fecha de publicación29 Marzo 2023
Fecha17 Enero 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE POCRÍ / LOS SANTOS
No. 29750 Gaceta Oficial Digital, miércoles 29 de marzo de 2023 1
DEL
REPÚBLICA
OE
PANAMÁ
PROVINCIA
DE
LOS
SANTOS
CONSEJO
MUNICIPAL -DISTRITO
DE
POCRÍ
ACUERDO
MUNICIPAL
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POR
EL
CUAL
SE
CREA
LA
COMISIQN
DE
EJECUCIÓN
Y
APELACIONES
EN
MATERIA
DE
JUSTICIA
COMUNITARIA
DE
PAZ
PARA
EL
DISTRITO
DE
POCRÍ.
El
CONSEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
POCRÍ
EN
USO
DE
SUS
FACULTADES
LEGALES
CONSIDERANDO:
Que
la
Ley
16 de 17 de
junio
de 2016, instituye
la
Jurisdicción especial de Justicia
Comunitaria de
Paz,
con
la
finalidad de
promover
la
solución efectiva de
las
controversias
comunitarias y
la
convivencia pacífica, para garantizar el acceso democrático a
la
justicia
por
igual sin ningún
tipo
de discriminación.
Que
la
Ley
16 de 17 de
junio
de 2016,
en
su
capítulo VIII establece que
se
debe conformar
una Comisión de Ejecución y Apelaciones, cuya finalidad
es
conocer en segunda instancia
de los procesos que
se
surtan ante los jueces de
Paz
.
Que
la
norma establece que
la
Comisión de Ejecución y Apelaciones debe estar conformada
por
tres (3) Jueces de
Paz
de los corregimientos más cercanos
en
su
distrito
y
en
caso
contrario
también
podrá estar integrada
por
Jueces de
Paz
del
distrito
más cercano.
Cabe
destacar que el Juez que actúa
en
primera instancia, no puede
integrar
la
Comisión de
Ejecucion y Apelaciones.
Que el
distrito
de Pocrí, solo cuenta con una
casa
de
Paz
para los cinco (5) corregimientos
que conforman el
distrito,
por
lo
tanto,
y tal como lo establece el artículo 40 de
la
Ley
16
del 17 de
junio
de 2016,
la
conformación de
la
Comisión de Ejecución y Apelaciones estará
conformada
por
jueces de los distritos de
Las
Tablas, Pedasí y Pocrí.
Que debido a
la
necesidad de
conformar
la
Comisión de Ejecución y Apelaciones
el
Municipio de Pocrí y el
Municipio
de Pedasí han realizado convenios a
fin
de prestarse apoyo
recíprocamente para
conformar
la
respectiva comisión, para que
la
misma conozca de
las
apelaciones en
sus
respectivos distritos, y con ello
poder
garantizar el acceso a
la
justicia y
la
resolución de conflictos.
ACUERDA:
Artículo 1: AUTORIZAR al Alcalde a crear
la
Comisión de Ejecución y Apelaciones de Justicia
Comunitaria de
Paz
para el
distrito
de Pocrí de
la
siguiente manera:
1.
La
Comisión de Ejecución y Apelaciones del Distrito de Pocrí, estará integrada
'\
/
por
los jueces de
Paz
de Pocrí, Pedasí y
Las
Tablas. CONCEJO MUNICIPAL
DE
POCRi
CERTIFICO.QUE TODO LO ANTERIOR
ES
FIEL COPIA
DE
SU
ORIGINAL
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