Acuerdo Municipal N° 06. Por el cual se hace una exoneración a la junta comunal del corregimiento de nuevo emperador.

Fecha de publicación27 Marzo 2024
Fecha30 Enero 2024
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE ARRAIJAN / PANAMÁ
No. 29998 Gaceta Oficial Digital, miércoles 27 de marzo de 2024 1
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REPÚBLICA DE PANAMÁ
CONCEJO MUNICIPAL DE ARRAIJÁN
ACUERDO
MUNICIPAL
Nº06
(De 30 DE ENERO 2024)
"Por el cuál se hace una exoneración a la Junta Comunal del Corregimiento
de
NUEVO EMPERADOR".
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ARRAIJÁN, EN USO
DE SUS FACULTADES LEGALES,
CONSIDERANDO:
Que la honorable ELBA ECHEONA DE IlMÉNEZ, ha solicitado la
exoneración de impuestos, tasa y derechos que se deriven una actividad
denominada "Camavalitos" con (ventas de comida, refrescos, bebidas
alcohólicas, ventas de cervezas en envases de lata, artista en tarima y
Unidad Movil, entre otras atracciones a realizarse a un costado de la
Junta Comunal de Nuevo Emperador el día 04 de febrero de 2024.
En
un
horario de 1
:00 p.m hasta las 8:00 p.m.
Que los fondos que se recauden producto de esta actividad serán
utilizados para obras de la comunidad del corregimiento Nuevo
Emperador, dicha exoneración se fundamenta en
el
artículo tercero y
quinto del acuerdo
11
O del 30 de diciembre de 2019. Dicha actividad
esta encargada por la señor JACK RUBY
DE
LEÓN GUEV ARA, con
cédula de identidad Nº8-812-1845.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO:
Decretar la exoneración de impuestos, tasa y
derechos que se deriven una actividad denominada "Camavalitos" con (ventas
de comida, refrescos, bebidas alcohólicas, ventas de cervezas en envases de
lata, artista en tarima y Unidad Móvil, entre otras atracciones a realizarse a un
costado de la Junta Comunal de Nuevo Emperador el día 04 de febrero de 2024.
ARTÍCULO SEGUNDO: Liberar a la Junta Comunal del Corregimiento de
Nuevo Emperador, del pago de los impuestos, tasas y derechos que corresponda
a la carga tributaria de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo
82 de 30 de
agosto de 2002.
ARTÍCULO
TERCERO:
Esta exoneración no exime al beneficiario de
trámite de los permisos correspondientes en el municipio de Arraiján.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar este Acuerdo a la Tesorería Municipal,
Administración Municipal y Control Fiscal para los efectos administrativos y
fiscales correspondientes.
ARTÍCULO QUINTO: Este acuerdo empezara a regir a partir
de
su
promulgación.

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