Acuerdo Municipal N° 07-2021. Por medio del cual se aprueba la adjudicación de los lotes de terreno ubicados en el corregimiento de lajamina, distrito de pocri, provincia los santos, y se faculta al alcalde del distrito de pocri, para firmar resolución de adjudicación a favor de sus poseedores.

Fecha de publicación16 Febrero 2022
Fecha09 Septiembre 2021
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE LOS SANTOS
No. 29478 Gaceta Oficial Digital, miércoles 16 de febrero de 2022 1
REPUBLICA
DE
PANAMA
PROVINCIA
DE LOS
SANTOS
ACUERDO
MUNICIPAL
N°.07-202
1
(DEL
9
DE
SEPTIEMBRE
DE
2021)
Que
la
nación,
representada
por
el
Ministerio
de
Economía
y
Finanzas,
a
Titulación
y
Regulación, traspasó
a
título gratuito,
a
favor
del
Municipio
de
baldío nacional
ubicado
en
el
Corregimiento
de
Lajamina, distrito
de
Pocrí,
mediante
la
Escritura
Pública
número
Nueve
Mil
Ochocientos
Veinte
y
Ocho
de
noviembre
de
Mil
Novecientos
Setenta
y
Nueve
(1979)
través
de
la
Dirección
de
Pocrí,
un
globo
de
terreno
provincia
de
Los
Santos,
(982$)
de
Veintiséis
(26)
Que
el
Municipio
de
Pocrí,
considera
necesario aprobar
la
adjudicación
de los
lotes
de
terreno
solicitados
a
favor
de
cada
uno
de los
poseedores,
según
consta
en
las
fichas
catastrales
levantadas
en los
barrios
catastral
respectivo.
Que
mediante
Acuerdo
Municipal
número
2
de
11
de
mayo
de
2010,
por
el
cual
se
fija
el
precio
de los
lotes
de
terreno
ubicados
en
el
distrito
de
Pocrí,
a
favor
de
sus
ocupantes.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO:
APROBAR,
como
en
efecto
se
aprueba
la
adjudicación
de
los
lotes
de
terrenos
a
favor
de
las
siguientes personas:
PRIMER
Primer
Segundo
Apellido
de
Cédula
Predio Superficie Precio
NOMBRE
Apellido
Apellido
Casada
Total
Rutneriz
Cedeño
Bustamante
7-99-92
3202
140.99
28.19
Joaquina
Enith Madrid Combe 7-84-1804
3410
42.38
8.4$
Eduvina
Temístocles
Gómez
Caballero 7-57-214
508
231.85 34.78
Antonio
Combe
Herrera
7-66-464
1903
251.46
37.72
Enrique
HERNAN
RIOS
PEREZ
7-704- 204
288.51
43.27
ULISES 2089
ARTICULO SEGUNDO:
Establecer,
como
en
efecto
se
establece,
que todo
adjudicatario
tendrá
un
plazo
máximo
de
dos
(2)
años
para
cancelar
el
precio
del
lote de
terreno,
fijado
por
el
presente
Acuerdo
Municipal,
de
lo
contrario
se
mantendrá
la
marginal
en
el
registro
Público
a
favor
del
Municipio
de
Pocrí.
.1
e.
1
\,
1.1
•-.r-%.y
“POR
MEDIO
DEL
CUAL
SE
APRUEBA
LA
ADJUDICACION
DE
LOS
LOTES
DE
TERREN
UBICADOS
EN
EL
CORREGIMIENTO
DE LAJAMTNA,
DISTRITO
DE
POCRI,
PROVINCIA
LOS
SANTOS,
Y
SE
FACULTA
AL
ALCALDE
DEL
DISTRITO
DE
POCRI, PARA
FIRMAR
RESOLUCION
DE
ADJUDICACION
A
FAVOR
DE
SUS
POSEEDORES”.
OS
DE
LA
EL
CONSEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
POCRI,
EN
USO
DE
SUS
FACULTADES
LEGALES
Y’
CONSIDERANDO:
Que
el
Consejo
Municipal
del
Distrito
de
Pocrí,
por
mandato
legal
debe
velar
por
el
cumplimiento
específico
de
los
fines
señalados
en
el
Artículo
233
de
la
Constitución
Nacional,
referente
al
desarrollo
social
y
económico
de
su
población.

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