Acuerdo Municipal N° 07. Por el cual se modifica el acuerdo municipal no. 41 de 27 de diciembre de 2022 por el cual el consejo municipal de guararé, aprobó la reprogramación de los saldos del presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal del año 2022, financiado con los aportes del impuesto de bienes inmuebles, del municipio de guararé para que se utilicen en el año 2023.

Fecha de publicación04 Abril 2023
Fecha15 Marzo 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE GUARARÉ / LOS SANTOS
No. 29754 Gaceta Oficial Digital, martes 04 de abril de 2023 1
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~~~~
Pl2.
926-06-M
Acuerdo Municipal
N°.
07
Del 15
de
marzo
del 2023
Pág. 1-2
POR
EL
CUAL SE MODIFICA
EL
ACUERDO MUNICIPAL
No.
41
DE
27
DE
DICIEMBRE DE 2022
POR
EL
CUAL
EL
CONCEJO
MUNICIPAL DE GUARARÉ,
APROBÓ
LA
REPROGRAMACIÓN
DE
LOS
SALDOS
DEL
PRESUPUESTO
DE
FUNCIONAMIENTO
PARA
LA
VIGENCIA
FISCAL
DEL
AÑO
2022,
FINANCIADO
CON
WS
APORTES DEL IMPUESTO
DE
BIENES INMUEBLES, DEL MUNICIPIO
D.E
GUAR.ARÉ PARA QUE SE UTILICEN EN
EL
ANO
.2023.
EL
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO DE GUARARÉ
En
uso
de
sus
facultades
legales.
y
CONSIDERANDO:
l. Que
mediante
el
Acuerdo
Municipal
41
de
27
de
diciembre
de
2022,
se
aprobó
la
repro~ión
de los saldos del presupuesto de funcionamiento
para
la
vigencia fiscal del
año
2022,
financiado
con
los
aportes
del
impuesto
de
bienes
inmuebles,
del
municipio
de
Guararé para
que
se
utilicen en el
año
2023
2.
Que
por error involuntario
se
citó
en
el considerando
No.2
del
mencionado
acuerdo, la Ley
No.
338 de
14
de noviembre de 2022, cuando debió ser la
Ley
No.
205
de
19
de
marzo de
2021, por
lo
que se requiere realizar
la
rectificación pertinente.
3.
Que
en el considerando No.3
del
citado acuerdo, se indicó
que
de
los saldos del Presupuesto
de Funcionamiento para la vigencia fiscal 2022, financiado con
los
aportes
de1
hnpuesto
de Bienes Inmuebles del Municipio
de
Guararé,
se
reprogramarían para su debida
utilimción
en
el
año
2023,
para
una cobertura
de
tres (3) meses
es
decir
de
enero a
marzo
de
2023,
para
cubrir gastos del Municipio de Guamré,
no
obstante,
la
cobertura debe
ser
hasia
ei
mes
de
mayo.
4.
Que por lo anterior:
ACUERDA:
Artículo
Primero:
MODIFICAR
el Acuerdo Municipal 41
de
27
de
diciembre
de
2022,
en
el
sentido
de
corregir
solo
los
considerandos
No.
2 y
No.3,
para
que
consten
de
la
siguiente
manera:
"2. Que de acuerdo a la Ley
No.
205 de
19
de marzo
de
2009, "Que modifica artículos de
la Ley 37 de 2009,
que
descentralíz.a
la Administración
Pública~',
en
el
artículo l que
modifica el artículo 112-D de
la
Ley
37 de 2009, contempla lo siguiente:
"Si finalizada la vigencia fiscal 2021, existieran remanentes de funcionamiento. de las
vigencias fiscales señaladas en el párrafo anterior, los municipios (alcaldías y juntas
comunales) podrán utilizarlos para financiar partidas de funcionamiento de la vigencia
fiscal
2022.

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