Acuerdo Municipal N° 08-2023. Se aprueba la adjudicación de los lotes de terrenos, ubicados en corregimiento de lajamina, distrito de pocri, provincia de los santos, y se faculta al alcalde del distrito de pocri, para firmar la resolución de adjudicación a favor de sus poseedores.

Fecha de publicación31 Mayo 2023
Fecha18 Abril 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE POCRÍ / LOS SANTOS
No. 29793 Gaceta Oficial Digital, miércoles 31 de mayo de 2023 1
CONCEJO MUNI Ci
P.AL
DE POCRÍ
CERTIFICO QUE TODO LO ANTERIOR
ES FIEL COPIA DE SU ORIGINAL
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3
"Se aprueba
la
adjudicación de los lotes de terrenos, ubicados
en
Corregimiento de Lajamina, Distrito de Pocri, Provincia de Los Santos, y se
faculta al
Alcalde
del
Distrito
de Pocri, para
firmar
la
Resolución
de
Adjudicación
a
favor
de
sus
poseedores".
EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE POCRI
En
uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que
el
Consejo Municipal del Distrito de Pocri, por mandato legal debe velar
por
el
cumplimiento específico de los fines señalados
en
el Artículo 233 de
la
Constitución Nacional, referente
al
desarrollo social y económico de
su
población.
Que la Nación, representada por
el
Ministerio de Economía y Finanzas, a
través de
la
Dirección de Titulación y Regularización, traspasó a título
gratuito, a favor del Municipio de Pocri, doce (12) globos de terreno baldío
nacional ubicados
en
el
Corregimiento de Lajamina, Distrito de Pocri,
Provincia de Los Santos, mediante
la
Escritura Pública número Nueve Mil
Ochocientos Veinte y Ocho (9828) de Veintiséis (26) de Noviembre de Mil
Novecientos Setenta y Nueve (1979).
Que
el
Municipio de Pocri, considera necesario aprobar
la
adjudicación de
los lotes de terreno solicitados a favor de cada uno de los poseedores, según
consta en las fichas catastrales levantadas
en
el
barrios catastral respectivo.
Que mediante Acuerdo Municipal 2 de
11
de mayo de
201
O, por
el
cual se
fija el precio de los lotes de terreno ubicados en
el
Distrito de Pocrí, a favor
de sus ocupantes.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO:
APROBAR,
la
adjudicación de lotes de terreno, a favor de
las siguientes personas:
ler ler
2do y Cédula Predio Superficie Precio
Nombre
Apellido
Apellido
Otros
Total
Edgar
Gómez
Madrid
Y
Otros
7-94-1493
407
279
.
06
m2
41
.
86
A
rmando
ARTICULO SEGUNDO: Establecer, como
en
efecto se establece, que todo
adjudicatario tendrá
un
plazo máximo de dos (2) años para cancelar el precio del
lote de terreno, fijado por
el
presente Acuerdo Municipal, de lo contrario se
mantendrá
la
marginal en
el
Registro Público a favor del Municipio de Pocrí.

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