Acuerdo Municipal N° 113. Por medio del cual se autoriza al presidente de la junta comunal de volcán para que traspase al municipio de tierras altas y a la autoridad de turismo de panamá, el globo de terreno en el cual se construirá el centro de visitantes, cuya superficie quedará debidamente establecida en el plano aprobado que levantará el consorcio suma cotrans city plan, verificado por la junta de planificación contenido dentro de la manzana no. 7 correspondiente a la finca no. 2972.

Fecha de publicación11 Octubre 2022
Fecha19 Julio 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE TIERRAS ALTAS
No. 29641 Gaceta Oficial Digital, martes 11 de octubre de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
PROVINCIA
DE
CIDRIQUÍ
-DISTRITO
DE
TIERRAS ALTAS
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE TIERRAS ALTAS
Vía Cerro Punta, Mercado Municipal de Volcán, Tierras Altas
ACUERDO MUNICIPAL No. 113
(Del 19
de
julio
de
2022)
POR
MEDIO
DEL CUAL SE AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL DE
VOLCÁN PARA QUE TRASPASE
AL
MUNICIPIO DE TIERRAS ALTAS Y A
LA
AUTORIDAD
DE
TURISMO DE PANAMÁ,
EL
GLOBO DE
TERRENO
EN
EL
CUAL SE CONSTRUIRÁ
EL
CENTRO
DE
VISITANTES, CUYA SUPERFICIE QUEDARÁ DEBIDAMENTE
ESTABLECIDA EN
EL
PLANO APROBADO QUE LEVANTARÁ
EL
CONSORCIO SUMA
COTRANS
CITY
PLAN, VERIFICADO
POR
LA
JUNTA
DE PLANIFICACIÓN CONTENIDO
DENTRO DE
LA
MANZANA No. 7 CORRESPONDIENTE A
LA
FINCA No. 2972.
EL
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
TIERRAS ALTAS,
EN
USO DE SUS
FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
CONSIDERANDO:
Que
la
Ley 66 de 29 de octubre de 2015, que modifica
la
Ley 106 de 8 de octubre de 1976 "Sobre Régimen
Municipal", establece
en
su
artículo 72 que los Concejos Municipales tendrán competencia exclusiva
para
reglamentar el uso, arrendamiento, venta y adjudicación de solares o lotes y demás bienes municipales
que se encuentren dentro de las áreas y ejidos de las poblaciones, así como los demás terrenos municipales
para
autorizar y aprobar
la
construcción de plazas, parques, paseos y vías públicas municipales
con
base
en
los planos reguladores;
Que el artículo 73 de
la
Ley
37 de 29 de
junio
de 2009
"Que
descentraliza
la
Administración Pública"
señala que el Municipio podrá delegar
la
ejecución de programas,
la
prestación de servicios y
la
administración de
un
bien, previo acuerdo conjunto entre el Alcalde, el Concejo Municipal y
la
Junta
Comunal
en
la
que se delegue;
Que mediante Decreto Ley 4 de 27 de febrero de 2008, se crea
la
Autoric\ad de Turismo de Panamá, como
una
entidad del Estado,
la
cual tiene entre sus funciones proponer e implementar estrategias que
promuevan e incrementen las actividades turísticas a nivel nacional e internacional;
Que a través de Acuerdo No. 35 de 17 de diciembre de 2019, el Concejo Municipal del Distrito de Tierras
Altas, autorizó al señor alcalde Municipal del distrito de
Tienas
Altas a celebrar Convenio de Cooperación
con
la Autoridad de Turismo de Panamá;
Que,
en
consecuencia, se suscribió el Convenio de Cooperación No.001/2020 de 2 de en.ero de 2020, entre
ambas entidades, cuyo objeto es sentar las bases de colaboración para el fortalecimiento y participación
del Municipio de Tierras Altas
en
la
gestión de
la
actividad turística del destino Volcán Barú-Cerro Punta;

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