Acuerdo Municipal N° 24. Por medio del cual el consejo municipal de barú autoriza a marcos beitia staff. alcalde municipal del distrito de barú a realizar los trámites de traspaso a título de donación, de un lote de terreno a segregar de la finca 2237 propiedad del municipio de barú, código de ubicación 4101, tomo 200, folio 362, al ministerio de economía y finanzas, con el propósito de que se construya las oficinas propias del ministerio de trabajo y desarrollo laboral en barú.

Fecha de publicación05 Septiembre 2022
Fecha10 Agosto 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE BARÚ / CHIRIQUÍ
No. 29615 Gaceta Oficial Digital, lunes 05 de septiembre de 2022 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
~,¿~
,:
PROVINCIA DE CHIRIQUi
CONCEJO MUNICIPAL DE BARU
728-1244
concejodebaru2019(@gmail.com
ACUERDO
MUNICIPAL
24
(DEL
10
DE
AGOSTO
DE
2022).
"Por medio del cual el Concejo Municipal de Barú autoriza a
MARCOS
BEITIA
ST
AFF.
Alcalde Municipal del Distrito de Barú a realizar los trámites de traspaso a
TITULO
DE
DONACION,
de un lote de terreno a segregar de la finca 2237 propiedad del Municipio de
Barú, código de Ubicación 4101, tomo 200, folio 362, al
MINISTERIO
DE
ECONOMIA
Y
FINANZAS,
con el propósito de que se construya las oficinas propias del Ministerio de
Trabajo y Desarrollo Laboral en Barú.
EL
CONCF..JO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
BAR(J,
en
uso
de
sus
facultades
constitucionales y legales
manifiesta
que;
CONSIDERANDO:
1. Que el Concejo Municipal de Barú, recibió formal solicitud del Ministerio de Trabajo
y Desarrollo Laboral, representado por el Subdirector Regional de Baní, a fin
de
que
se
Je
traspase a
TITULO
DE
DONACION,
un lote
d
((
~
terreno a segregar
de
la Finca
2237. con Código
de
Ubicación 4101, tomo 200, folio 362, propiedad del Municipio
de Barú. con
e]
propósíto de construir sus oficinas propias
en
el Distrito de Barú.
2. Que dicho lote de terreno, tiene una superficie de 720 m2, alinderados de
la
forma
siguiente:
NORTE:
Elías Malea; SUR: Carretera de
Asfalto~
ESTE:
Carretera de
asfalto;
OESTE:
Musco de la Biblia.
3.
Que
el municipio de barú mantiene
un
espíritu
de
cooperación con las diversas
instituciones de) estado y por ello, considera positivo realizar dicho traspaso.
4. Que el
Decreto
Ejecutivo Nº5 del
21
de
enero
de
2004, a
su
vez, el
Decreto
Ejecutivo
34de1985,
modificado
por
el Decreto
478
del 21
de
noviembre
de
2011;
de igual manera
la
Ley
97
del 21
de
diciembre
de
1998, determinan que todas las
entidades que
no
cuentan con patrimonio propio, podan adquirir el mismo para
su
uso
y administración por conducto del Ministerio de
E
y Finanz.as, que
es
la
entidad competente para adquirir patrimonio propio a través
de
la
Dirección
de
Bienes
Patrimoniales del Estado
5.
Que el
articulo
14
de
la
Ley
106 del 8
de
octubre
de
1973 reformada
por
Ja
Ley
52 del 12
de
diciembre
de
1984, establece que los Concejos Municipales regularan
la vida jurídica de los municipios por medio de acuerdos que tienen fuerza de ley
respectiva.
6. Que el
Artículo
17
numeral
de
la
.Ley
106
de
8
de
octubre
de
1973, que rige
el Régimen Municipal. modificado
por
la
Ley 52 del 12 de diciembre de 1984,
No. 29615 Gaceta Oficial Digital, lunes 05 de septiembre de 2022 2
Municipio y adquirir los que sean necesarios para la eficiente prestación
de
los
servicios públicos municipales, con las 1imitacioncs que establezca
la
Ley.
Y
reconociendo
la
capacidad
de
enmienda
que
esta
Cámara
Edilicia ostenta
por
voluntad
de
la Constitución y
la
Ley;
ACUERDA:
PRIMERO: TRASPASAR
al
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS, a
TITULO
DE
DONACION. un lote de terreno a segregar de
la
Finca 2237, con Código de
Ubicación 4101, Tomo 200, Folio 362, propiedad del Municipio de Barú, el cual mide 720
m2. el cual se encuentra alinderados
así~
NORTE: Elías Malea; SUR: Carretera de Asfalto;
ESTE:
Carretera de Asfalto;
OESTE:
Museo de
La
Biblia.
SEGUNDO: Autoriza
al
señor MARCOS BEITIA ST
AF'F,
Alcalde
Municipal
del Distrito
de
Barú, para
que
firme las CERTIFICACION
DE
DERECHO POSESORIO Y LA
ESCRITURA PUBLICA
de
esta segregación, donde el
Municipio
de Barú hace el
traspaso
correspondiente a fin de que el
MINISTERIO
DE
ECONOMIA Y .FINANZAS, puedan
recibir el bien que le
ha
asignado el
Conc~jo
Municipal de Barú, con el propósito que se
construya las oficinas propias del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral
en
Barú.
TERCERO:
El
presente acuerdo rige a partir de su sanción.
CUARTO:
Se ordena
la
publicación de este acuerdo
en
Ja
Gaceta Oficial
de
Panamá.
Dado en
la
Sala de Sesiones del Consejo Municipal del Distrito de Baní; ciudad de Puerto
Armuelles, Distrito de Barú, Provincia de Chiriqui, a los diez ( 1
O)
días del mes
de
agosto del
año dos mil veintidós (2022).
FIRMADO
Presidente del Consejo Municipal del .Distrito de
Barú
Secretaria del
Con~ejo
Municipal del Distrito de Barú.
2
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