Acuerdo Municipal N° 45. Por el cual se hace una exoneración a la junta comunal del corregimiento de santa clara.
| Fecha de publicación | 12 Marzo 2025 |
| Fecha | 08 Octubre 2024 |
| Emisor | CONSEJO MUNICIPAL DE ARRAIJAN / PANAMÁ |
No. 30234-C Gaceta Oficial Digital, miércoles 12 de marzo de 2025 1
REPÚBLICA DE
PANAMÁ
CONCEJO MUNICIPAL DE ARRAIJÁN
DE ACUERDO MUNIClPAL Nº45
(De
08
DE OCTUBRE 2024)
"Por el cuál
se
hace una exoneración a la Junta Comunal del Corregimiento
de SANTA CLARA
".
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
ARRAIJÁN, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
CONSIDERANDO:
• Que el honorable JOSÉ IBARRA, ha solicitado
la
exonerac10n de
impuestos, tasa y derechos que se derivan una actividad denominada
"FIESTAS PATRIAS" con desfiles, palo ensebado, maratón, juegos
deportivos y culturales y baile en la noche; ventas de comidas, refrescos,
bebidas alcohólicas, ventas de cervezas (lata), entre otras atracciones, En
un horario de 7:00 a.m. a 3:00 a.m. a realizarse en las diferentes vías
principales de Santa Clara y el Salón Cultural de Santa Clara, los días
03
y 04 de noviembre del 2024. La persona responsable de esta actividad es
el honorable JOSE IBARRA, con cédula
de
identidad Nº8-425-446.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Decretar la exoneración de impuestos, tasa y
derechos que
se
derivan una actividad denominada "FIESTAS PATRIAS" con
desfiles, palo ensebado, maratón, juegos deportivos y culturales y baile
en
la
noche; ventas de comidas, refrescos, bebidas alcohólicas, ventas de cervezas
(lata), entre otras atracciones, En
un
horario de 7:00 a.m. a 3:00 a.m. a
realizarse en las diferentes vías principales de Santa Clara y
el
Salón Cultural
de Santa Clara, los días
03
y 04 de noviembre del 2024. La persona
responsable de esta actividad es el honorable JOSE IBARRA, con cédula de
identidad Nº8-425-446.
ARTÍCULO SEGUNDO: Liberar a la Junta Comunal del Corregimiento de
Santa Clara del pago de los impuestos, tasas y derechos que corresponda a la
carga tributaria de acuerdo con lo establecido en
el
Acuerdo Nº
82
de
30 de
agosto de 2002.
ARTÍCULO TERCERO: Esta exonerac1on
no
exime
al
beneficiario de
trámite de los permisos correspondientes en
el
municipio de Arraiján.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar este Acuerdo a la Tesorería Municipal,
Administración Municipal y Control Fiscal para los efectos administrativos y
fiscales correspondientes.
ARTÍCULO QUINTO: Este acuerdo empezara a regtr a partir
promulgación. de
su
1
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