Acuerdo Municipal N° 54. Por medio del cual se aprueba el presupuesto de funcionamiento e inversión anual de la vigencia fiscal 2023 (plan anual de obras e inversiones) financiados con los aportes de bienes inmuebles (ibi), asignados al municipio de barú.

Fecha de publicación05 Enero 2023
Fecha28 Diciembre 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE BARÚ / CHIRIQUÍ
No. 29695 Gaceta Oficial Digital, jueves 05 de enero de 2023 1
UBLICA O
~
~
§#~
Conc j
Municipal
e Baru.
PRO A DE
..
HI
IQUI
ACUERDO MUNICIPAL
No.
54
(28) de diciembre de dos
mil
veintidós {2022).
POR
MEDIO
DEL
CUAL
SE
APRUEBA
El
PRESUPUESTO
DE
FUNCIONAMIENTO
E
INVERSIÓN
ANUAL
DE
LA
VIGENCIA
FISCAL
2023 (PLAN ANUAL
DE
OBRAS
E INVERSIONES)
FINANCIADOS
CON
LOS
APORTES
DE
BIENES
INMUEBLES (IBI), ASIGNADOS
AL
MUNICIPIO
DEBARÚ.
EL
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
BARU,
EN
PLENO
USO
DE
LAS
FACULTADES
LEGALES
QUE
LE
CONFIERE
LA
LEY;
Y:
CONSIDERANDO
Que los artículos
232
y 233 de nuestra Carta Magna, y
la
Ley
106 de 8 de octubre de 1973,
instituye
al
Municipio como entidad del gobierno local, dotado de autonomía administrativa
y funcional, facultada para elaborar, discutir, aprobar, reglamentar y ejecutar
su
presupuesto propio.
Que mediante
la
ley
N". 66 de 29 de octubre de 2015, que reforma
la
Ley
37
de 2009, que
Descentraliza la Administración Pública y dicta otras disposiciones, establece que los
Municipios recibirán
el
importe del recaudo del impuesto de bien inmueble (IBI), para
la
ejecución de Obras y Proyectos para desarrollar
el
Plan
anual operativos referentes a
las
áreas de educación, salud, deporte, recreación, servicios público domiciliario,
infraestructura para
la
seguridad ciudadana, servicios sociales, turismo, cultura y
desarrollo socioeconómico social.
Que la
Ley
106 de 1973 establece que los Concejos Municipales regularán la vida jurídica de
los Municipios
por
medio de Acuerdos que tienen fuerza de
Ley
dentro
del respectivo
distrito, y que los acuerdos, resoluciones y demás actos de los Concejos Municipales y los
decretos de los Alcaldes, sólo podrán ser reformados, suspendidos o anulados
por
el mismo
órgano o autoridad que los hubiere dictado y mediante
la
misma formalidad que revistieron
los actos originales. También podrán ser suspendidos o anulados
por
los tribunales
competentes, previo los procedimientos que
la
Ley
establezca.
Que
se
hace necesario aprobar el presupuesto de Funcionamiento e Inversión provenientes
del fondo de Impuestos de Bienes inmuebles asignados al Municipio de Barú (IBI).
Que en mérito de las consideraciones antes expuestas:
ACUERDA:
ARTICULO
PRIMERO: Aprobar el Presupuesto de Funcionamiento e Inversión, Provenientes
del Fondo de Impuesto de Bienes e lnmuet}tes (IBI}, Asignados
al
Municipio de Barú para
la
-
Vigencia
Fiscal
2023, que asciende a
la
suma de Ciento Veinticinco
mil
Seiscientos Treinta y
Dos
Balboas con Cincuenta y Siete Centésimos (B/. 125,632.57). y la suma de Doscientos
Ochenta y Cuatro
Mil
doscientos Treinta y Uno Balboas con Veinte Centésimos (B/.
284,231.20) de los saldos de
la
Vigencia 2022, que consolidado a la Vigencia 2023, da un
total
de Cuatrocientos Nueve
Mil
Ochocientos Sesenta y Tres Balboas con Setenta y Siete
Centésimos (409,863.77}, tal como
se
detalla a continuación:
1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR