Acuerdo Municipal N° 8. Por el cual se aprueba la adjudicación de los lotes de terrenos, ubicados en el corregimiento de llano de piedra, del distrito de macaracas, provincia de los santos, y se faculta al alcalde del distrito de macaracas, para firmar la resoluciones de adjudicación a favor de sus poseedores.

Fecha de publicación05 Julio 2022
Fecha27 Abril 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE MACARACAS / LOS SANTOS
No. 29571 Gaceta Oficial Digital, martes 05 de julio de 2022 1
ACUERDO
MUNICIPAL
NÚMERO
OCHO
(8)
De
27 de abril de 2022.
Por el cual se aprueba
la
adjudicación de los lotes de terrenos, ubicados
en
el Corregimiento
de Llano de Piedra, del Distrito de Macaracas, Provincia de Los Santos, y se faculta al
Alcalde del Distrito de Macaracas, para firmar la Resoluciones de adjudicación a favor de
sus poseedores.
EL
CONSEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
MACARACAS
En
uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Municipal del Distrito de Macaracas, por mandato legal debe velar por el
cumplimiento específico de los fines señalados
en
el artículo 233 de
la
Constitución
Nacional, referente al desarrollo social y económico de su población.
Que la Nación, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la
Dirección Nacional de Titulación y Regularización, traspasó a título gratuito, a favor del
Municipio de Macaracas, veintidós (22) globos de terrenos baldíos nacionales ubicados
en
el Corregimiento de Llano de Piedra, Distrito de Macaracas, Provincia de Los Santos,
mediante la Escritura Pública número Dos Mil Quinientos Sesenta y Siete (2567) de trece
(13) de abril de Mil Novecientos Setenta y Seis (1976).
Que el Municipio de Macaracas en beneficio del desarrollo social y económico de
la
Comunidad de Llano de Piedra, y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en el
Acuerdo Municipal
12, de 12 de junio de 2007, mediante los cuales se reglamenta
el
procedimiento de adjudicación para los lotes de terreno, en base a la metodología única del
Programa Nacional de Administración de Tierras (PRONAT), y el Convenio de
Cooperación y Ejecución suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el
Municipio de Macaracas, a fin de llevar a cabo el proceso de catastro y titulación masiva en
todo el Distrito de Macaracas, considera necesario aprobar
la
adjudicación de los lotes
solicitados al Municipio de Macaracas, a favor de cada uno de los poseedores, según consta
en
las fichas catastrales urbanas de la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales del
Ministerio de Economía y Finanzas.
Que este Concejo mediante Acuerdo Municipal número 5 de
18
de febrero de 2008,
modificado por el Acuerdo Municipal número 35 de 2 de agosto de 2012, Acuerdo
Municipal número 54 de 2 de diciembre de 2010, modificado por el Acuerdo Municipal
número 6, de 1 O de marzo de 2011, modificado por el Acuerdo número 29 de 25 de
septiembre de 2014, todos los cuales regulaban de manera transitoria el precio de los lotes
de terreno que hayan sido identificados conforme al proceso de lotificación, medición y
catastro realizados
en
el Distrito de Macaracas.
ACUERDA:
Artículo
Primero:
Aprobar,
como
en
efecto se aprueba
la
adjudicación de lotes de
terreno, a favor de la siguiente persona:
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ter
2do Otros Cédula Superficie Precio
Nombre Apellido Apellido Propietarios Predio Total
Eliseo Ayarza Sáez ---------- 7-84-1594 3502 1232.03 205.34
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ACUERDO MUNICIPAL NÚMERO
OCHO
(8)
De 27 de abril de 2022
-2-
Artículo Segundo: Establecer, como en efecto se establece, que todo adjudicatario tendrá
el plazo que establece el Acuerdo Municipal número 29 de 25 de septiembre de 2014, para
cancelar el precio del lote de terreno, fijado por el presente Acuerdo Municipal, de lo
contrario se mantendrá
la
marginal en el Registro Público a favor del Municipio de
Macaracas
Artículo Tercero: Facultar, como en efecto se faculta, al Alcalde del Distrito de
Macaracas, para que en nombre y representación del Municipio de Macaracas, firme las
resoluciones de adjudicación a favor de los ocupantes. El Secretario (a) del Consejo
Municipal certificará
la
autenticidad de las firmas con base en una copia autenticada de la
respectiva resolución, la cual se inscribirá
en
el Registro Público de Panamá.
Artículo
Cuarto:
Establecer, como en efecto se establece, que el presente Acuerdo
Municipal, se publicará en lugar visible de la Secretaría del Consejo Municipal por dos (2)
días calendarios y por una sola vez en Gaceta Oficial, en cumplimiento de lo dispuesto en
el Artículo Primero del Acuerdo Municipal número 30, de 19 de septiembre de 2008.
Artículo Quinto: Este Acuerdo Municipal empezará a regir a partir de su promulgación.
Dado
en
el salón de sesiones del Honorable Consejo Municipal del Distrito de Macaracas,
el 27 del mes de abril del año 2022.
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