Acuerdo Municipal N° 92. Por medio del cual el consejo municipal del distrito de tierras altas regula el manejo integral del control de plagas y la obtención de la licencia de control de plagas.

Fecha de publicación15 Diciembre 2021
Fecha05 Octubre 2021
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE TIERRAS ALTAS
No. 29434 Gaceta Oficial Digital, miércoles 15 de diciembre de 2021 1
REPÚBLICA DE PANAMA
PROVINCIA DE CHIzuQUÍ - DISTRITO DE TIERRAS ALTAS
ALCALDÍA DEL DISTRITO DE TIERRAS ALTAS
vIA CERRo pUNTA, MERCADo MTiNICIPAL DE VoLCÁN- rlennas ALTAS
ACUERDO MUNICIPAL No. 92
(De 5 de octubre de 2A2l)
"Por medio del cual el Concejo Municipal dei Distrito de Tierras Altas regula el rnanejo
integral del control de plagas y la obtención de la Licencia de Control de Plagas"
EL CONCEJO MT]NICIPAL DEL DISTRITO DE TIERRAS ALTAS,
en uso de sus facultades constitucionales y legales;
CONSTDERANDO:
Que según 1o establece el artículo 14 dela Ley 106 de 8 de octubre de 1973,1e corresponde
a los Concejos Municipales regular la vida jurídica de 1os municipios por medio Acuerdos,
que tienen fuerza de Ley dentro del respectivo Distrito.
Que los insectos, roedores y otras alimañas son portadoras y transmisores de diversos tipos
de enfermedades que asedian a diversas ciudades del mundo, realidad a la que no escapa
nuestro país.
Que las autoridades municipales son responsables de consultar, adecuar y dictar noflnas que
garanticen una salud pública efectiva a los habitantes de nuestro Distrito.
Que se debe garantízarlacorrecta utilización de la Licencia de Control de Plagas, para evitar
la evasión, falsificación o uso inadecuado de las mismas, tendiente a lograr el objetivo
primordial que es garantizar y procurar la salud e higiene en los diversos establecimientos
que brinden productos o servicios a nuestros conciudadanos.
ACT]ERDA:
ARTfCULO PRIMERO: Todos los establecimientos que vendan, manipulen, elaboren o
almacenen productos alimenticios, bebidas y hospedajes, tales como restaurantes, carrtinas,
bares, panaderías, mercados, kioscos, cines, hoteles, pensiones, carnicerías, farmacias,
depósitos, almacenes en general, clínicas, hospitales y otros sitios similares deberán contar
con una gestión integral de piagas por 1o menos una (1) vez al mes.
Parágrafo: Todos los demás locales y estabiecimientos que funcionen dentro del Diskito de
Tierras Altas, independientemente de la actividad que realicen, deberán contar con una
gestión integral de plagas por lo menos una (1) vez cada dos (2) meses-
ARTÍCULO SEGUNDO: Las personas naturales o jurídicas para dedicarse a prestar el
senicio de control de plagas deberán solicitar una Licencia de Control de Plagas, la cual será
otorgada por la Tesorería Municipal de Tierras Aitas. Dioha licencia tendrá vigencia de un
(1) año y se solicitará por medio de memorial dirigido a1 Alcalde Municipal, adjuntando

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