Acuerdo N° 003-2023. Por medio del cual el consejo municipal del distrito de renacimiento, aprueba el presupuesto de rentas y gastos y del impuesto de bien inmueble (ibi) del municipio de renacimiento para el periodo fiscal del año dos mil veintitrés (2023) por el monto de dos millones cuatrocientos seis mil, quinientos sesenta y un balboas con cero centésimos (b/.2, 406,561.00) y dicta las normas generales de administración presupuestaria municipal el cual para efectos fiscales tiene vigencia a partir del uno (01) de enero de 2023 hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2023.

Fecha de publicación28 Junio 2023
Fecha08 Mayo 2023
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE RENACIMIENTO / CHIRIQUÍ
No. 29813 Gaceta Oficial Digital, miércoles 28 de junio de 2023 1
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REPUBLICA
DE
PANAMA
PROVINCIA
DE
CHIRIQUI
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
DE
RENACIMIENTO
ACUERDO G.O. No.
003-2023
(Del
ocho
(08)
de
mayo
de
dos
mil
veintitrés
(2023)
POR
MEDIO
DEL
CUAL
EL
CONCEJO MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
RENACIMIENTO,
APRUEBA
EL
PRESUPUESTO
DE
RENTAS
Y
GASTOS
Y
DEL
IMPUESTO
DE
BIEN
INMUEBLE (IBI)
DEL
MUNICIPIO
DE
RENACIMIENTO,
PARA
EL
PERIODO FISCAL
DEL
AÑO
DOS
MIL VEINTITRES
(2023),
POR
EL
MONTO
DE
DOS
MILLONES
CUATROCIENTOS
SEIS
MIL, QUINIENTOS
SESENTA
UN
BALBOAS
CON
CERO
CENTÉSIMOS fB/.2,
406,561.00)
Y DICTA
LAS
NORMAS GENERALES
DE
ADMINISTRACION PRESUPUESTARIA MUNICIPAL
EL
CUAL
PARA
EFECTOS
FISCALES
TIENE VIGENCIA A
PARTIR
DEL
UNO
(01)
DE
ENERO
DE
2023
HASTA
EL
TREINTA Y
UNO
(31)
DE
DICIEMBRE
DE
2023.
EL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
DE
RENACIMIENTO,
En
uso
de
las
facultades
constitucionales y;
CONSIDERANDO:
Que
el
Presupuesto
Municipal
es
un
acto
de
los
Gobiernos
Locales
que
contiene
el
Plan
Anual
Operativo
preparado
de
conformidad
con
la
misión
y visión
sobre
las
base
de
las
políticas
y
programas
de
Desarrollo
Municipal.
Que
de
acuerdo
a
la
Ley
106
del
8
de
octubre
de
1973
modificada
por
la
Ley
52
de
1984,
señala
en
su
Articulo
57,
numeral
3,
que
"Los
Tesoreros
Municipales
tienen
la
función
de
asesorar
a
los
Alcaldes
en
la
elaboración
de
los
presupuestos
y
suministrarles
los
datos
e
informes
necesarios".
Que
el
Alcalde
del
Distrito
de
Renacimiento,
en
ejerc1c10
de
las
funciones,
contempladas
en
el
Articulo
242
de
la
Constitución
Nacional
y
la
ley
106
de
1973,
modificada
por
la
ley
52
de
1984,
ley
37
de
2009
y ley
66
de
2015,
ha
presentado
ante
esta
cámara
edilicia
el
proyecto
de
presupuesto
de
Rentas
y
Gastos
que
contiene
el
programa
de
funcionamiento
y
de
inversiones
públicas
del
Municipio,
para
el
periodo
fiscal
comprendido
del
1
de
enero
al
31
de
diciembre
de
2023.
Que
la
ley
37
de
2009,
modificada
por
la
ley
66
del
2015,
establece
que
los
municipios
recibirán
el
Importe
recaudado
del
impuesto
de
inmueble
para
el
funcionamiento
y
la
ejecución
de
obras
y
proyectos
contenidas
en
el
Plan
Anual
de
Obras
de
Inversión
referentes
a
las
áreas.
Que
es
indispensable
establecer
el
presupuesto
del
Municipio
de
Renacimiento,
para
la
vigencia fiscal
2023,
e
incluir
los
recursos
propios,
los
ingresos
provenientes
del
Impuesto
de
Bien
Inmueble,
tanto
de
funcionamiento
como
de
inversiones,
atendiendo
el
principio
de
unidad,
universalidad
y
transparencia
como
lo exigen
las
leyes
de
la
función
pública
y
presupuestaria.
Que
de
acuerdo
a
la
Ley
106
de
8
de
octubre
de
1973
modificada
por
la
Ley
52
de
1984,
señala
en
su
Articulo 17,
numeral
2,
que
es
competencia
del
Concejo
Municipal
"Estudiar,
aprobar
o
rechazar
el
presupuesto
de
Rentas
y
Gastos
municipales,
que
comprenderá
el
programa
de
funcionamiento
y
el
de
inversiones
municipales,
que
para
cada
ejercicio fiscal
elabore
el Alcalde".
Que
la
Ley
37
de
2009
modificada
por
la
Ley
66
de
2015,
contiene
dentro
del
capítulo
IV
el
manejo
del
Presupuesto
Municipal,
dentro
de
sus
artículos
115
hasta
el
125
A,
y
donde
señala
que
es
facultad
del
alcalde
municipal
realizar
transferencias
de
partidas
de
funcionamiento
entre
ellas.
Por
lo
anterior
expuesto
el
Concejo
Municipal
de
Renacimiento
en
uso
de
sus
facultades
Legales:
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR
el
Presupuesto
De
Rentas
y
Gastos
del
Municipio
de
Renacimiento,
para
el
periodo fiscal
del
año
2023
el
cual
tiene
vigencia a
partir
del
primero
(01)
de
enero
de
2023
hasta
el
treinta
y
uno
(31)
de
Diciembre
del
2023.
Por
un
monto
de
dos
millones
cuatrocientos
seis
mil,
quinientos
sesenta
y
un
balboas
con
cero
centésimos
(B/.
2,
406,561.00).
Con
el
siguiente
compromiso:
CONCEJO
MUNICIPAL
RENACIMIENTO
MU
N
ICIP
A
LID
AD D
EL
DP
TO.
DE
RENAC
I
MIENTO
LO
ANTERI
OR
ES
FIEL
COPIA
DE
SU
ORIGINAL
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