Acuerdo N° 0093-2023. Por el cual se aprueba el reglamento para el régimen interno del juzgado de niñez y adolescencia de la provincia de herrera.

Fecha de publicación27 Febrero 2023
Fecha17 Enero 2023
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 29728 Gaceta Oficial Digital, lunes 27 de febrero de 2023 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
ÓRGANO
JUDICIAL
CORTE
SUPREMA
DE
JUSTICIA
SALA
CUARTA
DE
NEGOCIOS
GENERALES
ACUERDO
0093-2023
(De 17 de enero de 2023)
"POR
EL
CUAL
SE
APRUEBA
EL
REGLAMENTO
PARA
EL
RÉGIMEN INTERNO
DEL
JUZGADO
DE
NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA
DE
LA
PROVINCIA
DE
HERRERA''.
En
la
ciudad de Panamá, a los diecisiete (17) días del mes de enero
del.
año dos mil
veintitrés (2023),
se
reunieron los Magistrados que integran
la
Sala
Cuarta de Negocios
Generales de
la
Corte Suprema de Justicia,
con
la
asistencia de
la
Secretaria General.
Abierto
el
acto,
la
Magistrada María
Eugenia
López
Arias, Presidenta
de
la
Corte
Suprema de Justicia, manifestó que
el
motivo
de
la
reunión era someter a consideración y
aprobación,
el
Reglamento para
el
Régimen Interno del Juzgado de Niñez y Adolescencia de
la
Provincia de Herrera.
CONSIDERAN
DO:
Que
la
Constitución Política de
la
República en
su
artículo 210, establece que los
Magistrados y Jueces son independientes
en
el
ejercicio de
sus
funciones y no están
sometidos más que a
la
Constitución y
la
Ley.
Que
el
numeral
6,
del artículo 161, del Código Judicial, atribuye a los Jueces
de
Circuito, entre otras,
la
función de expedir
el
reglamento del Juzgado.
Que
el
artículo 100, del Código Judicial
en
el
numeral
8,
establece que corresponde
a
la
Sala
Cuarta de Negocios Generales de
la
Corte Suprema de Justicia,
la
función de revisar
y aprobar con
las
enmiendas que estime necesarias
el
Reglamento para
el
Régimen Interno
de todos los Tribunales y Juzgados de
la
República.
1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR