Acuerdo N° 01-24. Que autoriza a el alcalde municipal del distrito de capira para gestionar y suscribir contrato de arrendamiento entre el municipio de capira y la empresa aseo capital, s.a. y dicta otras disposiciones transitorias.

Fecha de publicación23 Febrero 2024
Fecha30 Enero 2024
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE CAPIRA / PANAMÁ
No. 29975 Gaceta Oficial Digital, viernes 23 de febrero de 2024 1
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Correo:concejocapira@gmail.com
Telefax: 346-0834
ACUERDO No.01-24
(Del
30
de enero de 2024)
"QUE AUTORIZA A
EL
ALCALDE MUNICIPAL DEL DISTRITO
DE
CAPIRA PARA GESTIONAR
Y SUSCRIBIR CONTRATO
DE
ARRENDAMIENTO ENTRE
EL
MUNICIPIO
DE
CAPIRA Y
LA
EMPRESA ASEO CAPITAL, S.A. Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS".
CONSIDERANDO:
Que según
Acuerdo
Municipal No.13-23 del 18 de
agosto
de 2023;
la
EMPRESA ASEO
CAPITAL S.A., es la empresa que brindará el servicio de recolección y disposición final de los
desechos sólidos a nivel de los diferentes corregimientos del distrito durante
15
años;
Que
el
Municipio de Capira, no cuenta
ni
proyecta solidez financiera, que permita crear una
Dirección de Aseo con
la
capacidad técnica e infraestructura adecuada, para satisfacer
la
complejidad e importancia de e
la
prestación del Servicio de Recolección y Disposición Final de
la
Basura de manera responsable y eficiente;
Que
LA
CONCESIONARIA realizará a partir del refrendo de
la
Contraloría,
al
Contrato 001-
23;
y Orden de Proceder,
el
Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Final de los Desechos
Sólidos (basura) en el distrito de Capira;
Que está regulado
en
la
Ley 276 de
30
de
diciembre
de 2021; Capitulo
111
Articulo
16,
las
competencias inherentes a los Municipios, con
la
finalidad de asegurar
el
cumplimiento de los
preceptos regulados en
la
norma que regula
la
Gestión Integral de Residuos Sólido,
en
la
República de Panamá;
Que de conformidad a
lo
establecido
en
Pliego de Cargos de
la
Licitación por Mejor Valor 2022-
5-71-0-15-LV-006506;
la
Concesionaria, deberá contar con
un
centro de atención ubicado en
un
lugar
de
fácil acceso, para los usuarios; por lo que es pertinente, facilitar
un
espacio físico, dentro
de las instalaciones del Concejo Municipal que
se
encuentra a
la
fecha sin utilidad alguna;
Que esta Cámara Edilicia a considerado oportuno tomar
en
consideración
lo
establecido
en
el
Pliego de Cargos, y apoyar la gestión administrativa, facilitando las instalaciones del Concejo
Municipal, que antes eran utilizadas por la Oficina de Fiscalización de Contraloría General,
en el
Municipio
de Capira, de manera parcial , para que la empresa ASEO CAPITAL, S.A.;
instale allí las Oficinas de Atención
al
usuario;
Que a partir del mes de marzo de 2024;
se
autorizará a
la
empresa ASEO CAPITAL S.A., para
que utilice de manera parcial
la
oficina, ubicada
en
las instalaciones del Concejo Municipal de
Capira, de manera perentoria hasta
culminar
el trámite de
contrato
de arrendamiento
conforme
el
procedimiento establecido
en
la
Ley
22
de Contrataciones Públicas. Ordenada por
la
Ley 153 de 2020;
Que
el
presente Acuerdo que faculta
al
Alcalde a gestionar contrato de arrendamiento y establece
otras disposiciones transitorias, conlleva
el
propósito de establecer la colaboración MUNICIPIO
CONCESIONARIA y que a partir del 1 de marzo de 2024; cuando
la
empresa
le
corresponda
su
inició, tenga
la
facilidad de las instalaciones para
la
efectividad de los requerimientos previamente
pactados;
Que durante
el
proceso transitorio de utilidad de las instalaciones del Concejo Municipal
la
empresa ASEO CAPITAL S.A, asumirá
el
gasto
que representa el
servicio
de
suministro
de
electricidad, correspondientes a las oficinas de
Administración
Municipal, Concejo
Municipal, Cementerio Municipal, Mercado Municipal, Casa Cultural y
otros
... hasta la
concurrencia de
quinientos
balboas
con
00/100 (B/.500.00) mensuales. Por tanto;
EL
HONORABLE ... /
Capira:
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