Acuerdo N° 013-2022. Que adiciona el artículo 3-a al acuerdo no. 1-2010 sobre integridad y veracidad de la información contenida en los estados financieros.

Fecha de publicación14 Diciembre 2022
Fecha22 Noviembre 2022
EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCOS
No. 29682 Gaceta Oficial Digital, miércoles 14 de diciembre de 2022 1
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
ACUERDO No. 013-2022
(22 de noviembre de 2022)
"Que adiciona el artículo 3-A al Acuerdo No. 1-2010 sobre integridad y veracidad de
la
información contenida en los estados financieros"
LA JUNTA DIRECTIVA
en
uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que a raíz de
la
emisión del Decreto Ley
No.
2 de 22 de febrero de 2008,
el
Órgano Ejecutivo
elaboró una ordenación sistemática
en
forma de texto único del Decreto Ley No. 9 de 26 de
febrero de 1998 y todas sus modificaciones,
la
cual fue aprobada mediante
el
Decreto
Ejecutivo No.
52
de
30
de abril de 2008,
en
adelante
la
Ley Bancaria;
Que
en
atención a
lo
dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 5 de
la
Ley Bancaria, son
objetivos de
la
Superintendencia de Bancos velar porque se mantenga
la
solidez y eficiencia
del sistema bancario; así como fomentar
la
confianza pública en el sistema bancario;
Que de conformidad con el numeral 5 del artículo
11
de
la
Ley Bancaria, son atribuciones de
carácter técnico de
la
Junta Directiva, fijar en el ámbito administrativo,
la
interpretación y
alcance de las disposiciones legales o reglamentarias
en
materia bancaria;
Que de conformidad con el artículo 87 de
la
Ley Bancaria, los bancos de licencia general e
internacional deberán presentar, dentro de los tres meses siguientes
al
cierre de cada
ejercicio fiscal, sus correspondientes estados financieros auditados observando las normas
de contabilidad, técnicas y prudenciales que establezca esta Superintendencia;
Que
el
artículo
88
de
la
Ley Bancaria, establece que los bancos deberán publicar en
un
diario
de circulación nacional en
la
República de Panamá, copia sin firma de sus estados
financieros auditados, con sus respectivas notas aclaratorias, si las hubiere, dentro de los
treinta días posteriores a
su
presentación a esta Superintendencia;
Que
la
publicación y exhibición de los estados financieros en
un
diario de circulación nacional
permite que el público general obtenga información acerca de
la
situación financiera que
presentan las entidades bancarias para
la
toma de sus decisiones económicas y una mayor
transparencia y confianza en el sistema financiero;
Que con
el
objetivo de contribuir a
la
sostenibilidad ambiental,
la
Superintendencia de
Bancos de Panamá como parte de
su
gestión
ha
implementado distintas acciones a
lo
interno
de
la
institución destinadas a reducir el impacto de
la
impresión de papel en el medio
ambiente, mediante
la
revisión de
la
información documentada, apoyados
en
el uso de
herramientas digitales y
la
firma electrónica;
Que
el
Acuerdo
No.
1-201 O de 19 de enero de
201
O establece los lineamientos que deben
seguir los bancos para garantizar
la
veracidad e integridad de
la
información contenida en
los estados financieros y las formalidades para
su
remisión a esta Superintendencia;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR