Acuerdo N° 02-2022. Por medio del cual el honorable consejo municipal del distrito de río de jesús, aprueba incluir en el anteproyecto de egresos del municipio de río de jesús, el desglose de los honorarios, gastos de representación fijos, crédito reconocido por dieta, transporte dentro del país de los honorables representantes, alcalde y tesorera, en el presupuesto de ingresos y gastos del municipio de río de jesús, para la vigencia fiscal 2022.

Fecha de publicación15 Febrero 2022
Fecha19 Enero 2022
EmisorCONSEJO MUNICIPAL DE RÍO DE JESÚS / VERAGUAS
No. 29477-A Gaceta Oficial Digital, martes 15 de febrero de 2022 1
REPUBLICA
DE
PANAMÁ
PROVINCIA
DE
VERAGUAS
DISTRITO
DE
RÍO
DE
JESÚS
CONCEJO
MUNICIPAL
DE
RÍO
DE
JESÚS
Acuerdo
No.
02-2022
(de
19
de
enero
de
2022)
POR
MEDIO
DEL
CUAL
EL
HONORABLE
CONSEJO
MUNICIPAL DEL
DISTRITO
DE
RÍO
DE
JESÚS,
APRUEBA
INCLUIR
EN
EL
ANTEPROYECTO
DE
EGRESOS
DEL
MUNICIPIO
DE
RÍO
DE
JESÚS,
EL
DESGLOSE
DE
LOS
HONORARIOS,
GASTOS
DE
REPRESENTACIÓN
FIJOS,
CRÉDITO
RECONOCIDO
POR
DIETA,
TRANSPORTE
DENTRO
DEL
PAÍS
DE
LOS
HONORABLES
REPRESENTANTES,
ALCALDE
Y
TESORERA,
EN EL
PRESUPUESTO
DE
INGRESOS
Y
GASTOS
DEL
MUNICIPIO
DE
RÍO
DE
JESÚS,
PARA
LA
VIGENCIA
FISCAL
2022.
EL
CONCEJO
MUNICIPAL
DEL
DISTRITO
DE
RÍO
DE
JESÚS,
EN
PLENO USO
DE
SUS
FACULTADES
LEGALES;
CONSIDERANDO:
Que
la
Constitución
Política
de
la
República
de
Panamá
establece
en
el
articulo
237
que
en
cada
Distrito
habrá
una
corporación
que
se
denominará
Concejo
Municipal,
integrada
por
todos
los
representantes
de
Corregimiento
que
hayan
sido
elegidos
dentro
del
Distrito.
Que
la
Constitución
Politica
de
la
República
de
Panamá
en
su
articulo 242
establece
que
es
función del
Concejo
Municipal,
sin
peijuicio
de
otras
que
la
Ley
señale,
expedir,
modificar,
reformar
y
derogar acuerdos
y
resoluciones
municipales,
en
lo
referente
a: la
aprobación
o
el
rechazo
del
Presupuesto
de
Rentas
y
Gastos
Municipales
que
formule
la
Alcaldía;
Que
la
Ley
37
de
29
de
junio
de
2009,
en su
articulo
61
numeral
3,
establece
que
el
gobierno
local
es
la
organización
por
la
cual
el
Municipio
actúa
directamente
en
todos
los
momentos
de
la
vida
pública
municipal,
mediante
un
régimen
administrativo,
político
y
jurídico.
Que
la
Ley
106
de
8
de
octubre
de
1973 modificada
por
la
Ley
52
de
1984
en
el
artículo
15
establece
que
los
acuerdos,
resoluciones
y
demás
actos
de
los
Consejos
Municipales
y
los
decretos
de
los
Alcaldes,
sólo
podrán
ser
reformados,
suspendidos
o
anulados
por
el
mismo
órgano
o
autoridad
que
los
hubiere dictado
y
mediante
la
misma
formalidad
que
revistieron
los
actos
originales.
También
podrán
ser suspendidos
o
anulados
por
los
Tribunales
competentes,
previo
los
procedimientos
que
la
Ley
establezca.
Que
mediante
Acuerdo
13-2021,
de
15
de
diciembre
de
2021,
se
aprueba
el
Presupuesto
de
Ingresos
y
Gastos
del
Municipio
de
Rio
de
Jesús,
para
la
vigencia
fiscal
2022,
por
el
monto
de
un
millón
cincuenta
y
siete
mil
cuarenta
y
nueve
balboas
con
cero
cero
centésimos
(BI.1
057,049.00).
Que
el
Presupuesto
para
la
ejecución
fiscal
para
el
año
2022,
ha
sido
debidamente
formulado,
según
las
codificaciones
adoptadas
para
el
sector
público.
ACUERDA:
PRIMERO:
APROBAR,
como en efecto
se
aprueba
incluir
en
el
Anteproyecto
de
Egresos
del
Municipio
de
Rio
de
Jesús,
el
desglose
de
los
honorarios,
gastos
de
representación
fijos,
crédito
reconocido
por
dieta,
Transporte
dentro
del
pais
de
los
Honorables
Representantes,
Alcalde
y
Tesorera,
en
el
Presupuesto
de
Ingresos
y
Gastos
del
Municipio
de
Rio
de
Jesús,
para
la
vigencia
fiscal
2(
RTIFICO
QUE
TODO
LO
4NTERIOR•
ES
FIEL
COPIA
DE
SU
ORIGINAL
ALCALDIA
MUNICIPAL
RIO
D,jSDE
ViL
DE
zo2a
SECRETARIA
_________

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